Justicia sostiene que juez Alcón cometió prevaricato y exige sanción con todo el peso de la ley
Ese despacho "denunció esa actuación ilegal e injustificada ante las autoridades del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público".
Asimismo, el Ministerio de Justicia se constituirá en parte querellante en el proceso y "exige de las autoridades que conozcan el mismo, celeridad y firmeza para aplicar una sanción con todo el peso de la ley".
El juez de ejecución penal Rafael Alcón Aliaga benefició a Richard Choque Flores, sentenciado a 30 años de cárcel, con detención domiciliaria pese a que éste no demostró que padecía de una enfermedad terminal, según el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.
Mediante un comunicado el ministerio hizo conocer que realiza la revisión y verificación del proceso penal en contra de Choque, sentenciado a 30 años de prisión sin derecho a indulto por los delitos de secuestro y asesinato el 12 de febrero de 2015.
Estableció que el juez Rafael Alcón benefició al privado de libertad con la "detención domiciliaria temporal por el tiempo de 18 meses", pese a la existencia de una sentencia ejecutoriada, detalla ese despacho.
Asimismo, señala que el juez Alcón justificó que la Ley 2298 determina que "los condenados que padezcan una enfermedad incurable, en periodo terminal, cumplirán el resto de la condena en detención domiciliaria".
Citó un informe médico en que se estableció que Richard Choque Flores "padece varias enfermedades incurables como la diabetes". Sin embargo, el mismo Juez Alcón aclaró contradictoriamente que el sentenciado "no ha demostrado que estas enfermedades están presentes en un periodo terminal".
Luego, el juzgador también admitió en su resolución que Richard Choque Flores "ha sido condenado por un delito que no le permite el indulto, empero ha demostrado buena conducta".
Pese a esos contrasentidos, el juez Alcón concedió la detención domiciliaria "para evitar un cáncer gástrico" de Richard Choque Flores.