OACNUDH insta a modificar el DS 4231 para no criminalizar la libertad de expresión
La Paz, Página Siete Digital
La misión de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Bolivia manifestó este miércoles que el Decreto Supremo 4231 sobre difusión de información durante la pandemia debe ser modificado para no criminalizar la libertad de expresión.
A través de su cuenta de Twitter, la misión recordó al Gobierno boliviano que “resulta excesiva” la respuesta penal al ejercicio de la libertad de expresión, como medio para combatir la desinformación en el marco de la pandemia del coronavirus.
“El Decreto Supremo 4231 sobre difusión de información durante la pandemia debe ser modificado para no criminalizar la libertad de expresión y hacerlo plenamente compatible con las obligaciones internacionales del Estado”, publicó la misión..
La misión de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Bolivia manifestó este miércoles que el Decreto Supremo 4231 sobre difusión de información durante la pandemia debe ser modificado para no criminalizar la libertad de expresión.
A través de su cuenta de Twitter, la misión recordó al Gobierno boliviano que “resulta excesiva” la respuesta penal al ejercicio de la libertad de expresión, como medio para combatir la desinformación en el marco de la pandemia del coronavirus.
“El Decreto Supremo 4231 sobre difusión de información durante la pandemia debe ser modificado para no criminalizar la libertad de expresión y hacerlo plenamente compatible con las obligaciones internacionales del Estado”, publicó la misión..
Por tanto, alienta al Gobierno de Bolivia a hacerlo y se pone a su disposición para lograrlo.
Por su parte, el relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, compartió la publicación y señaló que coincide plenamente el análisis OACNUDH en Bolivia “sobre los problemas que presenta el decreto del Ejecutivo de Bolivia que anuncia penalizar la publicación de desinformación por cualquier medio sobre la pandemia”.
El DS 4231, aprobado el 7 de mayo, señala que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo (sobre la cuarentena) o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística y/o por cualquier otro procedimiento que pongan en riesgo o afecten a la salud pública, generando incertidumbre en la población, serán pasibles a denuncias por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal”.
La Asociación de Periodistas de Bolivia (ANPB) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) rechazaron este lunes y pidieron la eliminación del DS 4231 “debido a que establece una severa restricción, inconstitucional e inconvencional, al penalizar el derecho humano y fundamental a la libertad de expresión”.