El MAS amenaza con acción de cumplimiento contra el Gobierno por vulnerar ley sobre diferimiento de deudas
El diputado Borda pide respuesta a su solicitud en un plazo no mayor de 48 horas hábiles dada la grave situación social de muchos deudores a las entidades financieras. El plazo concluye este viernes.
Miguel Angel Melendres
El Deber
Bajo la amenaza de recurrir a una acción de cumplimiento, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Víctor Borda, exigió al Gobierno, cumplir con la Ley Excepcional de diferimiento de pagos de créditos y reducción temporal del pago de servicios básicos (Ley 1294) que aprobó el 1 de abril y que lo vulnera con el decreto reglamentario 4206.
A través de una carta enviada a la Presidenta Jeanine Áñez el jueves, le solicita, “que deje sin efecto el artículo 1 del Decreto 4206 y emita un nuevo decreto respetando el espíritu del artículo 1 de la Ley 1294.
Además, pide que instruya a la Autoridad de Supervisión de Servicios Financieros (ASFI) “dejar sin efecto el comunicado del 2 de mayo pasado, rectificando que la reprogramación del pago de créditos e intereses de los prestatarios a las entidades financieras, deberán hacerlo una vez que concluya la emergencia sanitaria y después de haber transcurrido seis meses”.
También pide que la respuesta a su solicitud “se pueda realizar en un plazo no mayor de 48 horas hábiles” dada la grave situación social de muchos deudores a las entidades financieras.
Víctor Borda amenaza de que “en caso de ser rechazada mi solicitud, anuncio la interposición de una acción de cumplimiento ante un Juez de Garantías Constitucionales en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Los cuestionamientos
Para el diputado Borda, la Ley 1294 se menciona que no se paga capital e intereses durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria. Pero, hasta la fecha se desconoce si se ampliará esta emergencia sanitaria, si existirá la cuarentena dinámica o cuánto durará la actual cuarentena total.
“Sin embargo, en el Decreto Reglamentario 4206 al mejor estilo de ‘Nostradamus’ o un ‘vidente’, determinan que la emergencia sanitaria en Bolivia durará solo tres meses: marzo, abril, mayo. Este decreto es contrario a lo que expresa la ley”, ironizó.
De la misma manera, apuntó a que la ley menciona que no se cobrará capital, interés y otros gravámenes durante el periodo de la emergencia sanitaria y una vez que se suspenda la misma, se le otorgará al acreedor un plazo máximo de seis meses para que, durante ese tiempo, tampoco pague capital, intereses ni otro gravamen.
“El Decreto 4206 menciona una disposición contraria a la finalidad de la ley, ya que hace referencia a que no se va a pagar durante tres meses (marzo, abril, mayo) capital e interés, a las entidades financieras y que el deudor tiene seis meses para que puedan convenir con sus prestatarios los términos para el pago de las cuotas diferidas”.
El incumplimiento que observa el diputado, es que cuando la ley dice que no se va a pagar capital e interés, durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria, si se suspendiera; por ejemplo, la emergencia sanitaria en el mes de mayo, las entidades bancarias deberán empezar a cobrar la amortización al capital e interés a inicios del mes de diciembre del 2020.
Pero el Decreto 4206 menciona que solamente se diferirá el capital e interés por tres meses: marzo, abril y mayo; y tienen un plazo de seis meses para que negocie el banco y el deudor, cuánto va a pagar los tres meses que ha diferido el pago.
“Esto es contraproducente y es una situación grave para le gente de escasos recursos económicos, porque recién se va a salir de una emergencia sanitaria para que de manera inmediata, pague el capital e interés del banco, más la amortización de los tres meses que fue diferido. Esto generará que mucha gente quede en mora bancaria y el banco se aproveche para generar procesos ejecutivos y coactivos con la finalidad de rematar su patrimonio dejando en la calle y en la miseria a miles y miles de bolivianos”, advirtió Borda.
Petición de informe
Por su lado, la presidenta de la Comisión de Planificación de Diputados, Otilia Choque informó el jueves que, por tratarse de un asunto de suma urgencia, envió a la ASFI, mediante el ministro de Economía, José Luis Parada, una Petición de Informe Escrito, para que explique el presunto incumpliendo de la Ley 1294 sobre el diferimiento de pagos de créditos en las entidades financieras.
“El ministro de Economía debería darnos una respuesta hasta el lunes. La ASFI debe modificar su comunicado y enmarcarse en la ley 1294”, manifestó a EL DEBER, la diputada Choque.
El Ministerio de Economía y la ASFI, se encuentran reunidos desde el miércoles, analizando la normativa y evaluando los cambios que deberían hacer en el Decreto 4206 y los comunicados del ente regulador que generó confusión en los prestatarios.
Miguel Angel Melendres
El Deber
Bajo la amenaza de recurrir a una acción de cumplimiento, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Víctor Borda, exigió al Gobierno, cumplir con la Ley Excepcional de diferimiento de pagos de créditos y reducción temporal del pago de servicios básicos (Ley 1294) que aprobó el 1 de abril y que lo vulnera con el decreto reglamentario 4206.
A través de una carta enviada a la Presidenta Jeanine Áñez el jueves, le solicita, “que deje sin efecto el artículo 1 del Decreto 4206 y emita un nuevo decreto respetando el espíritu del artículo 1 de la Ley 1294.
Además, pide que instruya a la Autoridad de Supervisión de Servicios Financieros (ASFI) “dejar sin efecto el comunicado del 2 de mayo pasado, rectificando que la reprogramación del pago de créditos e intereses de los prestatarios a las entidades financieras, deberán hacerlo una vez que concluya la emergencia sanitaria y después de haber transcurrido seis meses”.
También pide que la respuesta a su solicitud “se pueda realizar en un plazo no mayor de 48 horas hábiles” dada la grave situación social de muchos deudores a las entidades financieras.
Víctor Borda amenaza de que “en caso de ser rechazada mi solicitud, anuncio la interposición de una acción de cumplimiento ante un Juez de Garantías Constitucionales en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Los cuestionamientos
Para el diputado Borda, la Ley 1294 se menciona que no se paga capital e intereses durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria. Pero, hasta la fecha se desconoce si se ampliará esta emergencia sanitaria, si existirá la cuarentena dinámica o cuánto durará la actual cuarentena total.
“Sin embargo, en el Decreto Reglamentario 4206 al mejor estilo de ‘Nostradamus’ o un ‘vidente’, determinan que la emergencia sanitaria en Bolivia durará solo tres meses: marzo, abril, mayo. Este decreto es contrario a lo que expresa la ley”, ironizó.
De la misma manera, apuntó a que la ley menciona que no se cobrará capital, interés y otros gravámenes durante el periodo de la emergencia sanitaria y una vez que se suspenda la misma, se le otorgará al acreedor un plazo máximo de seis meses para que, durante ese tiempo, tampoco pague capital, intereses ni otro gravamen.
“El Decreto 4206 menciona una disposición contraria a la finalidad de la ley, ya que hace referencia a que no se va a pagar durante tres meses (marzo, abril, mayo) capital e interés, a las entidades financieras y que el deudor tiene seis meses para que puedan convenir con sus prestatarios los términos para el pago de las cuotas diferidas”.
El incumplimiento que observa el diputado, es que cuando la ley dice que no se va a pagar capital e interés, durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria, si se suspendiera; por ejemplo, la emergencia sanitaria en el mes de mayo, las entidades bancarias deberán empezar a cobrar la amortización al capital e interés a inicios del mes de diciembre del 2020.
Pero el Decreto 4206 menciona que solamente se diferirá el capital e interés por tres meses: marzo, abril y mayo; y tienen un plazo de seis meses para que negocie el banco y el deudor, cuánto va a pagar los tres meses que ha diferido el pago.
“Esto es contraproducente y es una situación grave para le gente de escasos recursos económicos, porque recién se va a salir de una emergencia sanitaria para que de manera inmediata, pague el capital e interés del banco, más la amortización de los tres meses que fue diferido. Esto generará que mucha gente quede en mora bancaria y el banco se aproveche para generar procesos ejecutivos y coactivos con la finalidad de rematar su patrimonio dejando en la calle y en la miseria a miles y miles de bolivianos”, advirtió Borda.
Petición de informe
Por su lado, la presidenta de la Comisión de Planificación de Diputados, Otilia Choque informó el jueves que, por tratarse de un asunto de suma urgencia, envió a la ASFI, mediante el ministro de Economía, José Luis Parada, una Petición de Informe Escrito, para que explique el presunto incumpliendo de la Ley 1294 sobre el diferimiento de pagos de créditos en las entidades financieras.
“El ministro de Economía debería darnos una respuesta hasta el lunes. La ASFI debe modificar su comunicado y enmarcarse en la ley 1294”, manifestó a EL DEBER, la diputada Choque.
El Ministerio de Economía y la ASFI, se encuentran reunidos desde el miércoles, analizando la normativa y evaluando los cambios que deberían hacer en el Decreto 4206 y los comunicados del ente regulador que generó confusión en los prestatarios.