Proyecto de ley de indulto establece gratuidad de trámite

La “gratuidad y celeridad” están establecidos en el artículo 11. En anteriores indultos, pese a que eso también estaba en la ley, no se plasmó, por lo menos en Santa Cruz, según un informe de la Clínica Jurídica NUR

Luis Fernando Soria
El Deber
Con “celeridad y gratuidad” deben brindar asistencia institucional aquellas instancias ante las que los privados de libertad deben tramitar sus requisitos para beneficiarse con el indulto o la amnistía que se prepara para esta gestión debido al coronavirus en el país.


Sin embargo, según un informe de la Clínica Jurídica NUR, con base a la ley de indulto de anteriores gestiones, eso mismo estaba establecido pero no se cumplió, por lo menos en Santa Cruz.

Hoy, la Asamblea Legislativa debía tratar el tema, pero no lo pudo hacer por falta de quórum debido a que algunos parlamentarios no pudieron llegar desde sus comunidades y la presidenta del Senado, Eva Copa, suspendió la sesión sin fijar una nueva fecha.

El proyecto de ley, intenta favorecer a todos los reos que sean mayores de 60 años; que no tengan sentencia ejecutoriada, que no estén comprendidos en la comisión de una veintena de delitos específicos; sean personas con capacidades diferentes. Además, beneficiará a mujeres embarazadas, a mujeres que son cabeza de hogar y estén a cargo de niños menores de 6 años.

¿Cuánto costó en anteriores ocasiones?

En su documento denominado Plan estratégico sobre aplicación de indulto para privados de libertad, la Clínica Jurídica NUR estableció que el favorecimiento con el indulto “año tras año presentaba un costo para el privado de libertad” pese a que la ley indicaba que los trámites eran gratuitos.

Sobre los montos que costaron, la Clínica Jurídica NUR, dejando sentado que eso sucedió en anteriores gestiones, menciona montos que van desde los Bs 750 hasta los Bs 2.380.

“Como institución académica y de ayuda al privado de libertad no haremos juicios de valor sobre ningún funcionario en particular. Creemos que este problema es estructural de todo un sistema judicial y administrativo por el que precisamente no se ha podido descongestionar el hacinamiento carcelario por lo menos dentro los parámetros normales”, señala el documento de la institución. De igual forma, acota que al final, en esas anteriores gestiones los que se beneficiaron terminaron siendo los que tenían recursos económicos.

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