Gobierno anuncia una norma para reglamentar el teletrabajo en el sector público y privado
El ministro de Trabajo señala que se establecerán parámetros para que los funcionarios desarrollen sus labores. Un decreto ya reconoce esa forma de actividad productiva
Jesus Reynaldo Alanoca
El Deber
El Gobierno emitirá una reglamentación sobre el teletrabajo, con la finalidad de establecer parámetros en los que funcionarios del sector público y privado puedan desarrollar sus actividades desde sus casas.
“Nuestros técnicos ya están analizando los pormenores, priorizaremos esta modalidad en el sector público, que se preste facilidades a las personas y también con el sector privado, ver qué actividades del sector empresarial requieren del teletrabajo”, dijo esta jornada el ministro del área, Óscar Mercado.
Ayer se emitió un decreto que incorpora esa forma de labor como “una modalidad de relación laboral o de prestación de servicios, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, utilizando las TIC en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual no se requiere la presencia física del teletrabajador, siempre que las necesidades y naturaleza del trabajo lo permitan”.
Declaraciones de la autoridad:
El titular detalló que el teletrabajo implicará cumplir un tiempo de labor específica, “produciendo desde casa lo que se produce en la oficina” y anticipó que “todos los pormenores de horarios, labores y atención serán conocidos en el reglamento”.
La norma marco ya indica, en su artículo 7, que la jornada de trabajo debe mantenerse en las mismas condiciones que establece la Ley General del Trabajo, es decir las 8 horas reglamentarias, aunque otros pormenores serán contemplados por el reglamento.
Jesus Reynaldo Alanoca
El Deber
El Gobierno emitirá una reglamentación sobre el teletrabajo, con la finalidad de establecer parámetros en los que funcionarios del sector público y privado puedan desarrollar sus actividades desde sus casas.
“Nuestros técnicos ya están analizando los pormenores, priorizaremos esta modalidad en el sector público, que se preste facilidades a las personas y también con el sector privado, ver qué actividades del sector empresarial requieren del teletrabajo”, dijo esta jornada el ministro del área, Óscar Mercado.
Ayer se emitió un decreto que incorpora esa forma de labor como “una modalidad de relación laboral o de prestación de servicios, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, utilizando las TIC en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual no se requiere la presencia física del teletrabajador, siempre que las necesidades y naturaleza del trabajo lo permitan”.
Declaraciones de la autoridad:
El titular detalló que el teletrabajo implicará cumplir un tiempo de labor específica, “produciendo desde casa lo que se produce en la oficina” y anticipó que “todos los pormenores de horarios, labores y atención serán conocidos en el reglamento”.
La norma marco ya indica, en su artículo 7, que la jornada de trabajo debe mantenerse en las mismas condiciones que establece la Ley General del Trabajo, es decir las 8 horas reglamentarias, aunque otros pormenores serán contemplados por el reglamento.