Con el nuevo proyecto de Ley de Garantías el MAS quiere garantizar que Evo no sea aprehendido cuando retorne a Bolivia

Senadores del MAS aprobaron en grande y en detalle el proyecto de ley que habla de libertades de locomoción y de expresión para líderes políticos y dirigentes sindicales en el territorio nacional

Pablo Cesar Cambara Ferrufino
El Deber
La Cámara de Senadores, con solo legisladores del MAS, sancionó anoche el proyecto de Ley de Cumplimiento de Derechos Humanos (antes llamado Ley de Garantías), que brindaba inmunidad a exautoridades de Gobierno, incluido el expresidente Evo Morales y el exvicepresidente Álvaro García Linera.


La aprobación en grande y en detalle fue hecha con polémica pues los senadores del PDC y Demócratas, entre ellos Oscar Ortiz, abandonaron el hemiciclo argumentando que el tratamiento de esta ley no estaba en la agenda. Pese a ello, el MAS utilizó el 'rodillo' para su aprobación.

La polémica ahora se centra en el artículo 7, que habla de garantías constitucionales a la libre locomoción, derecho al trabajo y libertades constitucionales para líderes sociales y dirigentes sindicales, cívicos y políticos dentro del territorio nacional.

Consultado al respecto el diputado masista Édgar Montaño explicó, vía telefónica, que el nuevo proyecto -que debe volver a la Cámara Baja (Diputados) para su tratamiento pues hubo modificaciones al texto original- ya no habla de inmunidad para exautoridades como Morales o sus ministros, sino que ahora expone que todos los bolivianos y extranjeros que radican en el país pueden circular libremente a pesar de que tengan denuncias en su contra.

En el caso específico del expresidente Evo Morales (que tiene orden de aprehensión por terrorismo y sedición), si en un futuro regresa al país no puede ser detenido por la Policía ni la Fiscalía de Ipso facto (inmediatamente) sino que, en palabras de Montaño, se debe seguir con el proceso respectivo y por los conductos regulares para determinar si él tiene responsabilidad o no y mientras dure el litigio puede circular sin ningún problema por el territorio nacional.

"Han retirado esos artículos, se hablaba de inmunidad, ahora ya no hay nada de inmunidad, si hay algún delito que se haya cometido se lo procesará (...), la norma habla de proteger las libertades. Hablo de la locomoción, libertad del trabajo. Esta ley ha sido revisada por el Senado y así nos la están devolviendo", agregó Montaño a EL DEBER.

Sin embargo, el proyecto es cuestionado y la sesión será impugnada, según anunció Oscar Ortiz. El senador por Demócratas sostiene que la normativa tiene vicios de nulidad en el desarrollo de la misma ya que el tratamiento no estaba contemplado en el orden del día, además que no se cumplió con los plazos pues, no hay un informe de la Comisión de Constitución. "El reglamento nos da 15 días hábiles y solo llevamos seis porque hemos estado en receso", dijo la noche del viernes, al momento de abandonar el hemiciclo de Senadores.

El diputado opositor al MAS Luis Felipe Dorado fue consultado por esta casa periodística. Sostuvo que el partido de Evo Morales comete un error "garrafal" con la aprobación de esta norma al pretender dar viabilidad a una ley de impunidad.

"Sin embargo, no van a poder, porque la Constitución Política del Estado (CPE) establece el juzgamiento a todas las personas que han cometido delitos. Hay un error de forma y de fondo en la imposición de esta norma", dijo.

Lo que dice el artículo 7 modificado:

Artículo 7. (Garantías y Protección). I. El Estado a través de sus Órganos y sus instituciones competentes, garantizarán el pleno ejercicio de los derechos, libertades y garantías constitucionales para los bolivianos, los extranjeros y extranjeros residentes en Bolivia, comprendiendo entre estos a los líderes sociales, dirigentes sindicales, dirigentes cívicos y políticos, así como personas movilizadas del campo y la ciudad en todo el territorio nacional.

II. Las bolivianas y los bolivianos, los extranjeros y extranjeros en Bolivia, para el resguardo efectivo de sus derechos que consideren estén siendo vulnerados, amenazados, hostigados o consideren que su vida, su integridad física y/o sus bienes estén en peligro, a sola denuncia verbal o escrita ante la autoridad competente deberán activar de manera inmediata las acciones de protección necesarias, pertinentes y eficaces.

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