Un pulso legal con la vista puesta en los electores

Los demócratas, sin opciones reales de destituir al presidente, buscan argumentos claros ante la ciudadanía

Pablo Guimón
Washington, El País
En las filas demócratas se lleva hablando del impeachment, literalmente, desde que el presidente Donald Trump llegó a la Casa Blanca en enero de 2017. Pero la posibilidad se convirtió en algo real con la victoria en las legislativas de noviembre del año pasado, que les dio el control de la Cámara baja. A esta es a la que la Constitución entrega en exclusiva la iniciativa en este proceso extraordinario de destitución política, que constituye la única manera legal de destituir a un presidente sin pasar por las urnas.


La veterana demócrata Nancy Pelosi, desde que asumió la presidencia de la Cámara de Representantes, se resistía: “El impeachment es tan divisorio para el país que a no ser que haya algo incontestable, abrumador y bipartidista, creo que no deberíamos seguir ese camino”, dijo en marzo a The Washington Post. Ese algo llegó cuando un agente de inteligencia de la Casa Blanca presentó una queja por el comportamiento de Trump al haber condicionado supuestamente un paquete de ayuda milita a Ucrania y una reunión con su presidente, Volodímir Zelenski, a que este anunciara una investigación sobre la familia Joe Biden, rival político de Trump de cara a las elecciones de 2020. “Los demócratas se vieron forzados a tomar una posición, pero muchos habrían preferido no hacerlo. Si el presidente ha buscado la injerencia extranjera para ganar unos comicios, y los demócratas le dejan, no solo perderían las elecciones, sino que abrirían la puerta a injerencias futuras”, dice Ken Hughes, profesor del centro Miller de estudios presidenciales de la Universidad de Virginia.

Pelosi optó por un proceso rápido y ceñido a solo dos acusaciones: abuso de poder y obstrucción a la investigación. La veterana política decidió a última hora descartar un tercer cargo, el de obstrucción a la justicia. Hughes, que estudió en profundidad las grabaciones de las sesiones del impeachment de Richard Nixon en 1974, defiende la conveniencia de acotar el proceso. “Tiene sentido limitarlo a los dos artículos”, explica. “Está claro que para una pluralidad de americanos, el presidente no debió hacer lo que hizo. Entiendo el argumento de que también cometió obstrucción a la justicia, como Nixon, pero no han podido tener todos los testigos necesarios para demostrarlo. Es bueno hacer un esfuerzo por la claridad. Con Nixon había tantos abusos de poder que la gente tenía dificultad para entender todo”.

La Constitución tiene pocas menciones al impeachment. El artículo II.4 establece: “El presidente, el vicepresidente y todos los oficiales civiles de EE UU serán retirados de su cargo mediante el impeachment por (...) traición, cohecho u otros delitos o faltas graves”. En la interpretación de esta última expresión es donde reside el debate jurídico. El proceso solo se ha llevado a cabo en otras tres ocasiones, por eso la jurisprudencia es limitada.

Para Sarah Cleveland, profesora de Derechos Humanos y Constitucionales en la Universidad de Columbia, el abuso del poder presidencial entraría sin duda en esa expresión. “Una de las consideraciones que siempre ha estado en el corazón de la pregunta de si el impeachment es apropiado es si el presidente abusó del poder de su cargo para beneficio personal”, defiende.

Richard Briffault, experto en ética de Gobierno de la misma universidad neoyorquina, coincide. “Lo que la gente no entiende, cuando los republicanos hablan de que el presidente solo hacía política exterior, es que se ha demostrado que estaba reteniendo ayuda y pidiendo cosas a Ucrania, no por una razón legítima de política exterior o de seguridad nacional”, asegura. “Las pruebas dicen que actuaba en su interés personal. Ese uso de un cargo público para un beneficio privado constituye la definición clásica de mala conducta oficial”.

El segundo artículo, el de obstrucción a la investigación, es de una enorme importancia porque, según Hughes, está en juego la separación de poderes. “De lo que se acusa al presidente es de situarse por encima de la ley. No solo no puede ser acusado por el Departamento de Justicia mientras está en ejercicio, sino que sostiene que no tiene por qué colaborar con el proceso de impeachment. Eso es algo que podría cambiar el tipo de país que somos. La Constitución entrega a la Cámara de Representantes el poder único en el impeachment. Si no defiende sus poderes, el equilibrio de poderes podría cambiar, inclinándose radicalmente hacia el presidente”.

Esa, termina Hughes, es la principal diferencia con el impeachment a Nixon. “En 1974 los congresistas republicanos defendieron que el presidente, aunque fuera del mismo partido, tenía que responder a las citaciones de la Cámara. Los legisladores defendieron el papel constitucional del Congreso”.

Entradas populares