Un decreto avala acción de las FFAA "en legítima defensa", por violencia en el conflicto

"En conformidad con el Art. 11 y 12 del Cod. Penal Ley 1760 y el Código de Procedimiento Penal”, establece el Artículo 3 del Decreto Supremo 4078.

Página Siete Digital/ La Paz
“El personal de las Fuerzas Armadas, que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones, actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad, de conformidad con el Art. 11 y 12 del Cod. Penal Ley 1760 y el Código de Procedimiento Penal”, establece el Artículo 3 del Decreto Supremo 4078.


El documento, que se viralizó, está firmado por la presidenta Jeanine Añez y otras autoridades estatales: Karen Longaric, Jerjes Enriquez, Arturo Carlos Murillo, Luis Fernando López, Roxana Lizárraga, Jose Luis Parada, María Elva Pinckert, Yerko Nuñez, Álvaro Eduardo Coimbra, Mauricio Samuel Ordóñe y Álvaro Rodrigo Guzmán. Data del 15 de noviembre del 2019.

Consultado, el ministro de defensa Fernando López declaró a Página Siete que “ese documento es cierto, realmente existe. Ahí fue que tuvimos indicios muy serios de extranjeros armados en el país. Entonces, eso generaría acciones que nos permitan cumplir con nuestra misión, nada más”.

Destacó que la intención de todo el Gabinete y las Fuerzas Armadas es “simplemente seguir manifestando el camino hacia el diálogo, la paz y la fe en Dios”. Agregó que todos los bolivianos debemos “comenzar a convivir en un ámbito de respeto mutuo”.

Consultado sobre el artículo tercero del documento aseveró: “La responsabilidad de las Fuerzas Armadas es mantener la paz, interior y exterior del país, usando los recursos que se tengan que utilizar para eso”. Aclaró que el Decreto Supremo 4078 “ratifica la misión de las Fuerzas Armadas” y que éstas siempre asumen esa responsabilidad.

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