Diputados aprueba ley que endurece penas y evita la revictimización de mujeres agredidas

En caso de violación niño, niña, adolescente los certificados forenses podrán ser expedidos por médicos de cualquier institución pública. Ya no será necesaria una audiencia judicial para fijar medidas de protección a la víctima

La Razón Digital / Paulo Cuiza / La Paz
La Cámara de Diputados aprobó la tarde de este jueves la Ley de Abreviación Procesal Penal y Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niños, Niñas, Adolescentes y Mujeres que, entre otros aspectos evita la revictimización y endurece las penas.


El presidente de Diputados, Víctor Borda, calificó la aprobación de la norma de "un momento histórico" porque una vez sea promulgada cualquier médico del sector público podrá certificar un hecho de violencia contra la mujer para evitar su revictimización teniendo que someterse a otros exámenes.

"Se ha aprobado este proyecto de ley con el objetivo de que definitivamente ya no se vuelva a victimizar y revictimizar a las mujeres que han sufrido violencia intrafamiliar, violación, niñas y niños que tienen que padecer un calvario; a partir de la fecha los certificados médicos en caso de violación a niños y mujeres serán expedidos por un profesional médico de cualquier institución pública", explicó.

Además, los policías y fiscales tendrán la atribución de activar de forma inmediata medidas preventivas a favor de los niños y mujeres víctimas de violencia, lo que actualmente no ocurre porque debe esperarse una audiencia judicial.

Otra de las reformas que habilitará la nueva norma es subir la pena mínima en el caso de homicidios de 10 a 20 años para evitar el "negociado" de la condena, en tanto que en el caso de que la víctima sea un niño, niña o adolescente la pena mínima será de 14 años, antes era de 5.

También se abre la posibilidad de que las mujeres que sufren violencia intrafamiliar activen de manera inmediata ante un juez un proceso de divorcio y de tenencia de los hijos.

La Fiscalía y la Policía protegerán a la víctima evitando que el agresor siga habitando en la casa de ambos, de darse el caso, pero la medida deberá ser ratificada por la Justicia en las 24 horas siguientes.

Por otro lado "se dará paso a evitar más presos preventivos en las cárceles del país o mujeres en gestación en prisión, o que ciudadanos que deban dinero sean encarcelados", explicó Borda.

La norma será remitida a la Cámara de Senadores para su revisión y posterior sanción. (

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