Entel anuncia proceso penal contra el periodista Raúl Peñaranda
Brújula Digital, medio digital del cual Peñaranda es director, publicó que Entel realiza licitaciones para efectuar compras e instalación de equipos a empresas de seguridad sin exigir que éstas sean legalmente reconocidas ni tengan licencia de funcionamiento.
Brújula Digital
La empresa estatal ENTEL anunció que iniciará un proceso penal contra el director de Brújula Digital, el periodista Raúl Peñaranda, por la publicación de una nota sobre la contratación de empresas de seguridad por parte de la compañía telefónica.
Brújula Digital informó en la mencionada nota periodística, publicada el 21 de diciembre, que ENTEL realiza licitaciones para efectuar compras e instalación de equipos a empresas de seguridad sin exigir que éstas sean legalmente reconocidas ni tengan licencia de funcionamiento, como establece la norma.
En dos cartas enviadas por el gerente nacional de Administración y Finanzas de ENTEL, José Arturo Molina, se anuncia el inicio de un proceso penal contra Peñaranda.
Peñaranda calificó la acción de ENTEL como un “acoso a la libertad de expresión y de prensa” y denunció el hecho ante entes nacionales, como la Asociación de Periodistas de La Paz, la Asociación Nacional de la Prensa y la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia. También envió su queja a entidades internacionales sobre este hecho, como el Comité para la Protección de Periodistas.
“La nota periodística de Brújula Digital sobre ENTEL es correcta, no tiene errores y está sustentada. Lo que el Gobierno pretende, como en ocasiones anteriores, es amedrentarme y evitar que información crítica sobre esa empresa sea conocida por el público”, dijo Peñaranda.
“En este caso no corresponde un proceso penal porque la Ley de Imprenta está vigente”, agregó.
En la primera carta, entregada el 27 de diciembre, el gerente de ENTEL señala que “la publicación referida afecta la imagen de ENTEL SA, juzga en desmedro de su derecho a la defensa, por lo tanto, solicitamos a la institución Brújula Digital Bolivia desagraviar el daño a la imagen empresarial retractándose y aclarando expresamente la publicación cuestionada, sea dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la presente solicitud”.
La misiva “anuncia acciones legales que correspondan según Ley en contra de los personeros de la Brújula Digital Bolivia (sic) y otros que correspondan”.
La nota periodística titulada “Licitación de ENTEL para contratar empresa de seguridad no exige a las firmas ser legalmente reconocidas” y publicada por Brújula Digital, se limita a advertir que las licitaciones de esa empresa no exigen que las empresas de las cuales adquieren equipamiento y su instalación sean legalmente autorizadas y tengan su licencia respectiva, según establece la norma.
La carta de la empresa estatal agrega que la nota de Brújula Digital “constituye una acusación infundada y la misma tiene ribetes de ilícitos penales, ya que nadie puede acusar públicamente sin tener una información objetiva, idónea, precisa y concreta”.
Peñaranda, en las 24 horas señaladas como plazo, envió a Molina una carta en la que ratifica que la nota de Brújula Digital está bien sustentada y menciona los artículos del Reglamento Operativo para las Empresas Privadas de Vigilancia (ROEPV), aprobado por el Ministerio de Gobierno el 4 de febrero de 2013 mediante Resolución Ministerial (RM) No 021 B/2013.
Esa resolución, en su artículo 189, señala que “las empresas de protección electrónica debidamente autorizadas, podrán realizar operaciones de instalación (…) de los sistemas de seguridad electrónica”.
Sin embargo, en los pedidos de cotizaciones 112/2018 y 163/2018 y en la licitación pública 084/2018 de ENTEL, no se exige que las empresas estén “debidamente autorizadas”, pese a que lo ordena la norma.
El artículo 29 de la resolución ministerial del Ministerio de Gobierno establece que las empresas públicas o privadas que deseen contratar bienes y servicios de compañías de seguridad deberán verificar la siguiente documentación: “1.- Resolución de autorización de funcionamiento; 2.- Licencia de funcionamiento; 3.- Publicación de prensa”.
ENTEL no exige esos requisitos en sus licitaciones y asegura que para la “compra” de equipos no es necesaria la inclusión de ese requisito, pero omite señalar que las licitaciones mencionadas invitan también a la “instalación” de las mismas.
Brújula Digital no solicitó una opinión de algún ejecutivo de ENTEL para redactar la nota del 21 de diciembre, pero sí pidió una entrevista al Presidente de la institución mediante carta el 28 de diciembre; hasta la fecha no se ha obtenido respuesta.
En una segunda carta, recibida por Brújula Digital el 2 de enero, ENTEL ratifica la amenaza de proceso judicial debido a que no hubo una retractación.
Brújula Digital
La empresa estatal ENTEL anunció que iniciará un proceso penal contra el director de Brújula Digital, el periodista Raúl Peñaranda, por la publicación de una nota sobre la contratación de empresas de seguridad por parte de la compañía telefónica.
Brújula Digital informó en la mencionada nota periodística, publicada el 21 de diciembre, que ENTEL realiza licitaciones para efectuar compras e instalación de equipos a empresas de seguridad sin exigir que éstas sean legalmente reconocidas ni tengan licencia de funcionamiento, como establece la norma.
En dos cartas enviadas por el gerente nacional de Administración y Finanzas de ENTEL, José Arturo Molina, se anuncia el inicio de un proceso penal contra Peñaranda.
Peñaranda calificó la acción de ENTEL como un “acoso a la libertad de expresión y de prensa” y denunció el hecho ante entes nacionales, como la Asociación de Periodistas de La Paz, la Asociación Nacional de la Prensa y la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia. También envió su queja a entidades internacionales sobre este hecho, como el Comité para la Protección de Periodistas.
“La nota periodística de Brújula Digital sobre ENTEL es correcta, no tiene errores y está sustentada. Lo que el Gobierno pretende, como en ocasiones anteriores, es amedrentarme y evitar que información crítica sobre esa empresa sea conocida por el público”, dijo Peñaranda.
“En este caso no corresponde un proceso penal porque la Ley de Imprenta está vigente”, agregó.
En la primera carta, entregada el 27 de diciembre, el gerente de ENTEL señala que “la publicación referida afecta la imagen de ENTEL SA, juzga en desmedro de su derecho a la defensa, por lo tanto, solicitamos a la institución Brújula Digital Bolivia desagraviar el daño a la imagen empresarial retractándose y aclarando expresamente la publicación cuestionada, sea dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la presente solicitud”.
La misiva “anuncia acciones legales que correspondan según Ley en contra de los personeros de la Brújula Digital Bolivia (sic) y otros que correspondan”.
La nota periodística titulada “Licitación de ENTEL para contratar empresa de seguridad no exige a las firmas ser legalmente reconocidas” y publicada por Brújula Digital, se limita a advertir que las licitaciones de esa empresa no exigen que las empresas de las cuales adquieren equipamiento y su instalación sean legalmente autorizadas y tengan su licencia respectiva, según establece la norma.
La carta de la empresa estatal agrega que la nota de Brújula Digital “constituye una acusación infundada y la misma tiene ribetes de ilícitos penales, ya que nadie puede acusar públicamente sin tener una información objetiva, idónea, precisa y concreta”.
Peñaranda, en las 24 horas señaladas como plazo, envió a Molina una carta en la que ratifica que la nota de Brújula Digital está bien sustentada y menciona los artículos del Reglamento Operativo para las Empresas Privadas de Vigilancia (ROEPV), aprobado por el Ministerio de Gobierno el 4 de febrero de 2013 mediante Resolución Ministerial (RM) No 021 B/2013.
Esa resolución, en su artículo 189, señala que “las empresas de protección electrónica debidamente autorizadas, podrán realizar operaciones de instalación (…) de los sistemas de seguridad electrónica”.
Sin embargo, en los pedidos de cotizaciones 112/2018 y 163/2018 y en la licitación pública 084/2018 de ENTEL, no se exige que las empresas estén “debidamente autorizadas”, pese a que lo ordena la norma.
El artículo 29 de la resolución ministerial del Ministerio de Gobierno establece que las empresas públicas o privadas que deseen contratar bienes y servicios de compañías de seguridad deberán verificar la siguiente documentación: “1.- Resolución de autorización de funcionamiento; 2.- Licencia de funcionamiento; 3.- Publicación de prensa”.
ENTEL no exige esos requisitos en sus licitaciones y asegura que para la “compra” de equipos no es necesaria la inclusión de ese requisito, pero omite señalar que las licitaciones mencionadas invitan también a la “instalación” de las mismas.
Brújula Digital no solicitó una opinión de algún ejecutivo de ENTEL para redactar la nota del 21 de diciembre, pero sí pidió una entrevista al Presidente de la institución mediante carta el 28 de diciembre; hasta la fecha no se ha obtenido respuesta.
En una segunda carta, recibida por Brújula Digital el 2 de enero, ENTEL ratifica la amenaza de proceso judicial debido a que no hubo una retractación.