Reelección: Informe de la Comisión de Venecia se enviará a la CIDH

Líderes políticos y organizaciones solicitaron que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos interprete el artículo 23 del Pacto de San José por el cual el TCP dio vía libre a la reelección indefinida.

Página Siete Digital / La Paz
El senador de UD Edwin Rodríguez anunció hoy que el informe de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho, conocida como la Comisión de Venecia, por el cual se aclara que el derecho a ser elegido no es un derecho humano, será enviada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como “prueba de reciente obtención”.


El legislador, junto al diputado Rafael Quispe, inició el 1 de diciembre pasado un proceso ante la CIDH para que interprete el artículo 23 del Pacto de San José, que el MAS empleó para argumentar la reelección eterna de Morales y que el Tribunal Constitucional dio curso a través de un fallo.

En el proceso iniciado en la CIDH, ambos legisladores piden una interpretación del artículo 23, referido, entre otros aspectos, al derecho de votar y ser elegido en elecciones periódicas auténticas.

En el país, los magistrados del TCP dieron vía libre a la reelección indefinida argumentando que el artículo 23 del Pacto de San José establece que es un derecho humano elegir y ser elegido, no obstante la Comisión de Venecia, en su informe, señala que la reelección no representa un derecho humano.

"Hoy hemos redactado este memorial y estamos enviando a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como prueba de reciente obtención (...) creemos que estas respuestas que ha emitido la Comisión de Venecia es absolutamente claro, lapidario y echa por tierra todos los argumentos del MAS y peor todos actuados que habría cometido en exceso el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP)", afirmó el legislador.

El pasado mes, la Comisión de Venecia publicó el informe a petición de la Organización de Estados Americanos (OEA) por “la existencia de malas prácticas consistentes en modificar los mandatos presidenciales a través de decisiones de los tribunales constitucionales y no por un proceso de reforma”.

Sobre el fallo, el legislador explicó que según la Comisión de Venecia la modificación al límite de la reelección requiere una enmienda constitucional, que debe sujetarse a un escrutinio público, a un voto del pueblo, además de que cuando se propone reformas constitucionales, las enmiendas sólo deberán surtir efecto para los mandatos futuros y no para el funcionario en el cargo.

A su consideración, el TCP no tenía ninguna competencia para emitir el fallo y el presidente Evo Morales puede ser candidato en la elección posterior al 2019.

La Comisión de Venecia es un órgano consultivo formado por expertos independientes en el campo del derecho constitucional.

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