NNUU acepta demanda de Rebeca Delgado y exige al Gobierno resarcirla económicamente
Delgado fue perjudicada por una norma ilegal aprobada por el TSE que le impidió ser candidata a la Alcaldía de Cochabamba.
ANF
El Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas (NNUU), aceptó la demanda presentada por la exdiputada del MAS Rebeca Delgado y mediante una resolución exigió al Gobierno boliviano que se le pague un resarcimiento económico. Un dictamen de esa entidad establece que el Estado violó sus derechos políticos y cívicos.
El Estado boliviano tienen 180 días para cumplir con el fallo y según esta orden (obtenida por ANF) le demanda que lo difunda y los traduzca a las lenguas oficiales de Bolivia.
El dictamen, aprobado por el Comité de derechos Humanos no fija una cifra, pero establece que Delgado debe recibir, de parte del Estado boliviano, una “compensación adecuada”, que incluya “los gastos de representación legal a nivel nacional e internacional”.
Delgado fue perjudicada por una norma ilegal aprobada por el Tribunal Supremo Electoral en 2014, que le impidió ser candidata a alcaldesa de Cochabamba, postulación que algunas encuestas la daban como favorita. Delgado había sido diputada del MAS, pero rompió con el oficialismo en 2013 y éste desarrolló una campaña en su contra.
En diciembre de 2014, el TSE emitió, ante presión del Gobierno boliviano, un “Reglamento” inconstitucional para la convocatoria a las elecciones regionales de 2015, que estableció que los candidatos a alcaldes y gobernadores tenían que haber residido los dos años previos en el lugar donde deseaban postular. Ello implicó que varios candidatos que habían sido diputados y senadores con sede en La Paz durante el período anterior, no pudieron participar.
Ello contradijo una tradición boliviana de décadas, en sentido de que los legisladores podían luego ser candidatos en otras regiones. Fue el caso de Carlos Romero, de que pese a haber sido ministro de Gobierno, en La Paz, hasta 2014, se le permitió ser candidato a senador en Santa Cruz en las elecciones de ese año.
Los siete vocales que firmaron esa resolución fueron Dina Chuquimia, Fanny Rivas, Marco Ayala, Irineo Zuna, Wilfredo Ovando, Wilma Velasco y Ramiro Paredes. Los siete son recordados por haber realizado una tarea vergonzosa a favor del MAS, y de haber cometido varias otras irregularidades.
Ahora, las NNUU creen que los derechos políticos de Delgado fueron violados con ese reglamento del TSE y con decisiones judiciales y administrativas posteriores del Estado boliviano. Otro de los perjudicados fue Eduardo Maldonado, otro exsenador del MAS que rompió con el oficialismo y que no pudo ser candidato a alcalde de Potosí, cuando también era considerado favorito.
“De conformidad con el artículo 2, párrafo 3 a), del Pacto, el Estado parte tiene la obligación de proporcionar a la autora (de la demanda, Rebeca Delgado) un recurso efectivo. Ello requiere una reparación íntegra a los individuos cuyos derechos hayan sido violados. En este sentido, el Estado parte debe, entre otras medidas, ofrecer una compensación adecuada a la autora, que incluya los gastos de representación legal a nivel nacional e internacional”, dice el veredicto del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las NNUU, emitido el 9 de marzo, pero hecho público este martes.
El fallo señala también que “El Estado parte también tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro, asegurando que el marco normativo regulador del proceso electoral y la aplicación del mismo sean acordes con el artículo 25 del Pacto” (referido a derechos políticos).
Agrega que, “por ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado (boliviano) reconoce la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del Pacto y que, con arreglo al artículo 2 del Pacto, el Estado parte se ha comprometido a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio (…) a garantizar una reparación efectiva y jurídicamente exigible cuando se compruebe una violación”.
Concluye señalando que “el Comité desea recibir del Estado parte, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. Se pide asimismo al Estado parte que publique el dictamen del Comité, lo haga traducir a los idiomas oficiales del Estado parte y le dé amplia difusión”.
ANF
El Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas (NNUU), aceptó la demanda presentada por la exdiputada del MAS Rebeca Delgado y mediante una resolución exigió al Gobierno boliviano que se le pague un resarcimiento económico. Un dictamen de esa entidad establece que el Estado violó sus derechos políticos y cívicos.
El Estado boliviano tienen 180 días para cumplir con el fallo y según esta orden (obtenida por ANF) le demanda que lo difunda y los traduzca a las lenguas oficiales de Bolivia.
El dictamen, aprobado por el Comité de derechos Humanos no fija una cifra, pero establece que Delgado debe recibir, de parte del Estado boliviano, una “compensación adecuada”, que incluya “los gastos de representación legal a nivel nacional e internacional”.
Delgado fue perjudicada por una norma ilegal aprobada por el Tribunal Supremo Electoral en 2014, que le impidió ser candidata a alcaldesa de Cochabamba, postulación que algunas encuestas la daban como favorita. Delgado había sido diputada del MAS, pero rompió con el oficialismo en 2013 y éste desarrolló una campaña en su contra.
En diciembre de 2014, el TSE emitió, ante presión del Gobierno boliviano, un “Reglamento” inconstitucional para la convocatoria a las elecciones regionales de 2015, que estableció que los candidatos a alcaldes y gobernadores tenían que haber residido los dos años previos en el lugar donde deseaban postular. Ello implicó que varios candidatos que habían sido diputados y senadores con sede en La Paz durante el período anterior, no pudieron participar.
Ello contradijo una tradición boliviana de décadas, en sentido de que los legisladores podían luego ser candidatos en otras regiones. Fue el caso de Carlos Romero, de que pese a haber sido ministro de Gobierno, en La Paz, hasta 2014, se le permitió ser candidato a senador en Santa Cruz en las elecciones de ese año.
Los siete vocales que firmaron esa resolución fueron Dina Chuquimia, Fanny Rivas, Marco Ayala, Irineo Zuna, Wilfredo Ovando, Wilma Velasco y Ramiro Paredes. Los siete son recordados por haber realizado una tarea vergonzosa a favor del MAS, y de haber cometido varias otras irregularidades.
Ahora, las NNUU creen que los derechos políticos de Delgado fueron violados con ese reglamento del TSE y con decisiones judiciales y administrativas posteriores del Estado boliviano. Otro de los perjudicados fue Eduardo Maldonado, otro exsenador del MAS que rompió con el oficialismo y que no pudo ser candidato a alcalde de Potosí, cuando también era considerado favorito.
“De conformidad con el artículo 2, párrafo 3 a), del Pacto, el Estado parte tiene la obligación de proporcionar a la autora (de la demanda, Rebeca Delgado) un recurso efectivo. Ello requiere una reparación íntegra a los individuos cuyos derechos hayan sido violados. En este sentido, el Estado parte debe, entre otras medidas, ofrecer una compensación adecuada a la autora, que incluya los gastos de representación legal a nivel nacional e internacional”, dice el veredicto del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las NNUU, emitido el 9 de marzo, pero hecho público este martes.
El fallo señala también que “El Estado parte también tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro, asegurando que el marco normativo regulador del proceso electoral y la aplicación del mismo sean acordes con el artículo 25 del Pacto” (referido a derechos políticos).
Agrega que, “por ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado (boliviano) reconoce la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del Pacto y que, con arreglo al artículo 2 del Pacto, el Estado parte se ha comprometido a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio (…) a garantizar una reparación efectiva y jurídicamente exigible cuando se compruebe una violación”.
Concluye señalando que “el Comité desea recibir del Estado parte, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. Se pide asimismo al Estado parte que publique el dictamen del Comité, lo haga traducir a los idiomas oficiales del Estado parte y le dé amplia difusión”.