Morales presenta decreto de amnistía e indulto para beneficiar hasta a 2.735 privados de libertad
El presidente Evo Morales envió a la Asamblea Legislativa Plurinacional un decreto presidencial para activar el sexto proceso de amnistía e indulto total o parcial para privados de libertad. Hasta noviembre de 2017, en las carceles del país había más de 17.000 reclusos.
La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz
El presidente Evo Morales envió este martes a la Asamblea Legislativa Plurinacional un decreto presidencial para beneficiar a unos 2.735 privados de libertad con sentencia o detención preventiva con una nueva amnistía e indulto total y parcial. De la iniciativa están excluidos, por ejemplo, los reincidentes en la comisión de delitos y los sentenciados por delitos de corrupción o terrorismo.
Es la sexta medida de este tipo y se espera llegar a beneficiar a un universo mayor que en el pasado, cuando se acogieron al beneficio en los últimos 5 años 5.789 privados de libertad. Mujeres embarazadas, personas con discapacidad o enfermedades graves o quienes hayan cumplido con parte de su condena podrán acogerse al perdón de su condena y salir de la cárcel, previo cumplimiento de los trámites definidos para cada caso.
La amnistía, de acuerdo a lo informado por Morales, procederá en los siguientes casos:
1.- Pena menor o igual a cinco años
2.- Pena más grave que sea igual a ocho años siempre que se haya afianzado suficiente o haya acuerdo con la víctima
3.- Grado de discapacidad grave o muy grave
4.- Enfermedad terminal
5.- Embarazo con 20 semanas o más
6.- Mujeres que tengan bajo su cuidado hijos menores de 6 años
7.- Mayores de 65 años
Indulto parcial, reducción de la pena:
1.-Reducción de una tercera parte de la pena a personas con:
a.- Grado de discapacidad grave o muy grave
b.- Enfermedad terminal
c.- Enfermedad incurable grave o muy grave que necesite cuidado especial
d.- Embarazo de 20 semanas o más
2.- Reducción de una cuarta parte de la condena procede:
a.- Menores de 28 años
b.- Varones a partir de 58 años
c.- Mujeres siempre y cuando hayan cumplido quinta parte de su condena
d.- Madres que tuvieran a su cuidado exclusivo a uno o varios de sus hijos menores de 6 años
3.- Reducción de dos años de la pena a personas no reincidentes cuando la condena impuesta sea igual o mayor a 6 años y no tenga falta grave ni muy grave en el último año de presidio
El Indulto total procede para:
a.- Menores de 28 años que hayan cumplido una cuarta parte de su condena
b.- Varones a partir de los 58 años y mujeres a partir de los 55 años con una cuarta parte de la condena cumplida
c.- Mayores de 65 años con pena igual o menor a 10 años sin que sea necesario que haya cumplido parte de su condena
d.- Personas que tuvieran a su cuidado exclusivo de uno o varios de sus hijos o hijas menores de 6 años cumpliendo una cuarta parte de su condena
e.- Mujeres embarazadas de 20 de semanas o más con cuarta parte de su condena cumplida y si la pena privativa fuera igual o menor a 10 años no será necesaria ninguna parte de su condena
f.- Persona con discapacidad grave o muy grave
g.- Enfermedad terminal debidamente certificada
h.- Enfermedad grave o muy grave cumpliendo quinta parte de su condena
i.- No reincidentes con pena igual o menor a 8 años sin que sea necesario el cumplimiento de una parte de su condena
j.- No reincidentes con pena igual o menor a 10 años que hayan cumplido una cuarta parte de su condena
Están excluidos de los beneficios los reincidentes y quienes hayan cometidos delitos de corrupción, contra la seguridad del Estado, vida, libertad sexual o terrorismo. Además los acusados por narcotráfico con condenas superiores a los 10 años, robo agravado, secuestro, sustracción de menor, estafas u otros sin reparar el daño, lesiones gravísimas seguidas de muerte, entre otros.
Morales informó que hasta noviembre del año pasado había 5.409 personas con sentencia y 12.537 detenidos preventivos. Con el indulto planteado y que deberá seguir un trámite en la Asamblea Legislativa Plurinacional serán beneficiadas, según cálculos, 2.735 personas.
La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz
El presidente Evo Morales envió este martes a la Asamblea Legislativa Plurinacional un decreto presidencial para beneficiar a unos 2.735 privados de libertad con sentencia o detención preventiva con una nueva amnistía e indulto total y parcial. De la iniciativa están excluidos, por ejemplo, los reincidentes en la comisión de delitos y los sentenciados por delitos de corrupción o terrorismo.
Es la sexta medida de este tipo y se espera llegar a beneficiar a un universo mayor que en el pasado, cuando se acogieron al beneficio en los últimos 5 años 5.789 privados de libertad. Mujeres embarazadas, personas con discapacidad o enfermedades graves o quienes hayan cumplido con parte de su condena podrán acogerse al perdón de su condena y salir de la cárcel, previo cumplimiento de los trámites definidos para cada caso.
La amnistía, de acuerdo a lo informado por Morales, procederá en los siguientes casos:
1.- Pena menor o igual a cinco años
2.- Pena más grave que sea igual a ocho años siempre que se haya afianzado suficiente o haya acuerdo con la víctima
3.- Grado de discapacidad grave o muy grave
4.- Enfermedad terminal
5.- Embarazo con 20 semanas o más
6.- Mujeres que tengan bajo su cuidado hijos menores de 6 años
7.- Mayores de 65 años
Indulto parcial, reducción de la pena:
1.-Reducción de una tercera parte de la pena a personas con:
a.- Grado de discapacidad grave o muy grave
b.- Enfermedad terminal
c.- Enfermedad incurable grave o muy grave que necesite cuidado especial
d.- Embarazo de 20 semanas o más
2.- Reducción de una cuarta parte de la condena procede:
a.- Menores de 28 años
b.- Varones a partir de 58 años
c.- Mujeres siempre y cuando hayan cumplido quinta parte de su condena
d.- Madres que tuvieran a su cuidado exclusivo a uno o varios de sus hijos menores de 6 años
3.- Reducción de dos años de la pena a personas no reincidentes cuando la condena impuesta sea igual o mayor a 6 años y no tenga falta grave ni muy grave en el último año de presidio
El Indulto total procede para:
a.- Menores de 28 años que hayan cumplido una cuarta parte de su condena
b.- Varones a partir de los 58 años y mujeres a partir de los 55 años con una cuarta parte de la condena cumplida
c.- Mayores de 65 años con pena igual o menor a 10 años sin que sea necesario que haya cumplido parte de su condena
d.- Personas que tuvieran a su cuidado exclusivo de uno o varios de sus hijos o hijas menores de 6 años cumpliendo una cuarta parte de su condena
e.- Mujeres embarazadas de 20 de semanas o más con cuarta parte de su condena cumplida y si la pena privativa fuera igual o menor a 10 años no será necesaria ninguna parte de su condena
f.- Persona con discapacidad grave o muy grave
g.- Enfermedad terminal debidamente certificada
h.- Enfermedad grave o muy grave cumpliendo quinta parte de su condena
i.- No reincidentes con pena igual o menor a 8 años sin que sea necesario el cumplimiento de una parte de su condena
j.- No reincidentes con pena igual o menor a 10 años que hayan cumplido una cuarta parte de su condena
Están excluidos de los beneficios los reincidentes y quienes hayan cometidos delitos de corrupción, contra la seguridad del Estado, vida, libertad sexual o terrorismo. Además los acusados por narcotráfico con condenas superiores a los 10 años, robo agravado, secuestro, sustracción de menor, estafas u otros sin reparar el daño, lesiones gravísimas seguidas de muerte, entre otros.
Morales informó que hasta noviembre del año pasado había 5.409 personas con sentencia y 12.537 detenidos preventivos. Con el indulto planteado y que deberá seguir un trámite en la Asamblea Legislativa Plurinacional serán beneficiadas, según cálculos, 2.735 personas.