Ley de lucha al contrabando: nuevas penas van de 4 a 14 años de cárcel

La Paz, Erbol
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de Ley de Fortalecimiento de la Lucha Contra al Contrabando que incorpora penas que van de 4 y a 14 años de privación de libertad y autoriza a las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana al empleo legítimo de la fuerza y disparos de armas de fuego en acciones de lucha al contrabando.


El ministro de Defensa, Javier Zabaleta, dijo que espera que el proyecto sea aprobado en las próximos días para que efectivos de ambas instituciones tengan la facultad de practicar arrestos y aprehensiones en caso de ilícitos flagrantes de contrabando, debiendo entregar a la personas a las autoridades competentes.

La misma ley dispone que estarán exentos de responsabilidad, los servidores que encontrándose en riesgo la vida y integridad física propia o ajena, no superable de alguna manera, procedieran de oficio a la destrucción e inutilización de los medios de transporte y bienes encontrados en los operativos de lucha contra el contrabando.

Para el efecto se faculta al uso de las armas de fuego, municipios, explosivos, equipamiento y otros materiales relacionados, que sea proporcionados al riesgo de los operativos en la lucha al contrabando.

El proyecto de ley sube a 15 las figuras de agravantes de los ilícitos tributarios, e incorpora las acciones de intimidación para cometer el ilícito o evitar su descubrimiento, la participación de los servidores públicos, aprovechando de su cargo, función o se encuentren vinculados al control y lucha contra el contrabando.

Adicionalmente es agravante la acción si el ilícito es cometido en un lugar despoblado o en ocasión de un estrago, conmoción popular, aprovechándose de un accidente o de un informativo particular.

Se propone aplicar penas de 8 a 12 años de privación de libertad a los delitos cometidos en la omisión de tributos por mercancías superiores a las 200.000 UFVs y cuando sean menos, se aplicará una multa del 50% del valor de la mercancía en sustitución del comiso del medio o unidad de transporte.

A los delitos de usurpación de funciones y sustracción de prenda aduanera se aplicará una pena de privación de libertad de 6 a 10 años, con restitución de mercancías o su equivalente a favor el consignante.

A los delitos de falsificación de documentos aduaneros, penas de 6 a 10 años; la asociación delictuosa estaría penada con 6 a 10 años; falsedad aduanera cometida por funcionario público con 6 a 10 años; y el cohecho activo aduanero cometido por funcionario público con 6 a 10 años de privación de libertad.

El proyecto de ley también plantea sancionar con 6 a 10 años de cárcel al delito de tráfico de influencias, y los delitos de exportación agravado, sean mercancías prohibidas almacenadas dentro los 50 km desde la frontera, se castigaría con pena privativa de libertad de 10 a 14 años. Los delitos de favorecimiento y facilitación del contrabando, con 4 a 8 años de cárcel.

La misma propuesta encomienda a la Policía y Fuerzas Armadas elaborar protocolos y procedimientos técnicos operativos en un plazo de 30 días una vez estén vigente la ley.

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