Las dos banderas del 21F
CARLOS-D-MESA
¿Podrá el pueblo boliviano doblarle la mano a los poderosos, o la voluntad férrea de quedarse por siempre en el poder derrotará la soberana voluntad popular? Esa es la cuestión de fondo que afronta Bolivia hoy, en medio de una polarización que se agudiza a medida que se acerca la elección de 2019.
Cualquier persona de bien, aquí y en cualquier parte, sabe que el Tribunal Constitucional (TCP), influido por el Poder Ejecutivo, decidió la habilitación del Primer Mandatario después de que éste fuera derrotado en el referendo del 21F.
Es necesario establecer los elementos jurídicos que llevan a la conclusión más importante que debe convertirse en una legítima reivindicación democrática de nuestra sociedad. El TCP vulneró la ley el 28N por las siguientes razones:
Primero, porque no tiene atribución alguna para modificar la Constitución (CPE); al declarar la inaplicabilidad de cuatro de sus artículos, lo hizo. Segundo, el TCP no puede desconocer con un fallo la voluntad inalienable del pueblo boliviano, el único con atribuciones para modificar parcial o totalmente la CPE; a sabiendas, desconoció esa voluntad.
Tercero, el TCP “interpretó” arbitrariamente el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, invirtiendo los bienes defendidos; la defensa del ciudadano ante las arbitrariedades del Estado, se transformó en la justificación de los afanes de control indefinido del poder de quien lo ejerce, por encima del mandato constitucional que limita su poder arbitrario votado por el pueblo en el referendo en 2009.
Pero no fue solamente este tema, los siete abogados a cargo del TCP agravaron sus acciones. ¿Cómo se prueba esta afirmación? Por la ejecución de otras irregularidades: el 25 de septiembre de 2017, la sentencia del TCP referida al caso FOCAS incluyó la cita de un párrafo del fallo que habilitó a Morales el 28N; es decir ¡dos meses y tres días antes, el TCP ya tenía el fallo redactado! Aún peor, la admisión de la solicitud que hicieron parlamentarios del MAS que pedían al TCP habilitar al Presidente para las próximas elecciones, se hizo el 28 de septiembre de 2017; es decir, que ¡el TCP ya había redactado el fallo favorable a Morales tres días antes de admitir para su consideración la petición del MAS!
El Gobierno tiene además una tendencia muy marcada, la de jactarse de lo que hace y mostrarse muy seguro de que impondrá sus condiciones. Un requisito indispensable de cualquier fallo es que quien lo dicta actúe con imparcialidad. La prueba de que tal cosa no existió nos la da el propio Ejecutivo al nombrar como asesor jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores al exmagistrado del TCP Rudy Flores, uno de los siete juristas que dictó el malhadado documento.
Vale la pena recordar también, que el doctor Flores era presidente del TCP cuando, el 25 de abril de 2013, el mismo Órgano habilitó, violando la disposición transitoria primera de la CPE, la candidatura de Morales para las elecciones de 2014.
Todos estos son elementos más que suficientes para que el Tribunal Constitucional vigente diga su palabra. Esa palabra, por las razones anotadas, no puede ser otra que la anulación del fallo del 28N.
La defensa democrática del referendo del 21F tiene, en consecuencia, dos grandes banderas que le dan una fuerza ética y democrática gigantesca: demandar el respeto a la voluntad popular expresada en esa fecha histórica y exigir la anulación del fallo del 28N que, como ya se dijo, ha marcado el parteaguas del proceso político iniciado en 2006: sea con el pueblo o contra el pueblo, quienes llegaron al Gobierno democráticamente han decidido permanecer en el mando desconociendo las bases jurídicas que ellos mismos promovieron y promulgaron hace ocho años.
Lo que está en juego no es, como pretenden los poderosos, una confrontación ideológica entre revolucionarios y reaccionarios, entre el socialismo y el capitalismo, entre los gobernantes que encarnan un “proceso de cambio” y la oposición “derechista y proimperialista”. Lo que está en juego es el respeto al valor más sagrado de los ciudadanos, el respeto a su voluntad soberana, de la que no puede apropiarse nadie, por ninguna razón y bajo ningún argumento.
Carlos D. Mesa Gisbert fue presidente de Bolivia.
¿Podrá el pueblo boliviano doblarle la mano a los poderosos, o la voluntad férrea de quedarse por siempre en el poder derrotará la soberana voluntad popular? Esa es la cuestión de fondo que afronta Bolivia hoy, en medio de una polarización que se agudiza a medida que se acerca la elección de 2019.
Cualquier persona de bien, aquí y en cualquier parte, sabe que el Tribunal Constitucional (TCP), influido por el Poder Ejecutivo, decidió la habilitación del Primer Mandatario después de que éste fuera derrotado en el referendo del 21F.
Es necesario establecer los elementos jurídicos que llevan a la conclusión más importante que debe convertirse en una legítima reivindicación democrática de nuestra sociedad. El TCP vulneró la ley el 28N por las siguientes razones:
Primero, porque no tiene atribución alguna para modificar la Constitución (CPE); al declarar la inaplicabilidad de cuatro de sus artículos, lo hizo. Segundo, el TCP no puede desconocer con un fallo la voluntad inalienable del pueblo boliviano, el único con atribuciones para modificar parcial o totalmente la CPE; a sabiendas, desconoció esa voluntad.
Tercero, el TCP “interpretó” arbitrariamente el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, invirtiendo los bienes defendidos; la defensa del ciudadano ante las arbitrariedades del Estado, se transformó en la justificación de los afanes de control indefinido del poder de quien lo ejerce, por encima del mandato constitucional que limita su poder arbitrario votado por el pueblo en el referendo en 2009.
Pero no fue solamente este tema, los siete abogados a cargo del TCP agravaron sus acciones. ¿Cómo se prueba esta afirmación? Por la ejecución de otras irregularidades: el 25 de septiembre de 2017, la sentencia del TCP referida al caso FOCAS incluyó la cita de un párrafo del fallo que habilitó a Morales el 28N; es decir ¡dos meses y tres días antes, el TCP ya tenía el fallo redactado! Aún peor, la admisión de la solicitud que hicieron parlamentarios del MAS que pedían al TCP habilitar al Presidente para las próximas elecciones, se hizo el 28 de septiembre de 2017; es decir, que ¡el TCP ya había redactado el fallo favorable a Morales tres días antes de admitir para su consideración la petición del MAS!
El Gobierno tiene además una tendencia muy marcada, la de jactarse de lo que hace y mostrarse muy seguro de que impondrá sus condiciones. Un requisito indispensable de cualquier fallo es que quien lo dicta actúe con imparcialidad. La prueba de que tal cosa no existió nos la da el propio Ejecutivo al nombrar como asesor jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores al exmagistrado del TCP Rudy Flores, uno de los siete juristas que dictó el malhadado documento.
Vale la pena recordar también, que el doctor Flores era presidente del TCP cuando, el 25 de abril de 2013, el mismo Órgano habilitó, violando la disposición transitoria primera de la CPE, la candidatura de Morales para las elecciones de 2014.
Todos estos son elementos más que suficientes para que el Tribunal Constitucional vigente diga su palabra. Esa palabra, por las razones anotadas, no puede ser otra que la anulación del fallo del 28N.
La defensa democrática del referendo del 21F tiene, en consecuencia, dos grandes banderas que le dan una fuerza ética y democrática gigantesca: demandar el respeto a la voluntad popular expresada en esa fecha histórica y exigir la anulación del fallo del 28N que, como ya se dijo, ha marcado el parteaguas del proceso político iniciado en 2006: sea con el pueblo o contra el pueblo, quienes llegaron al Gobierno democráticamente han decidido permanecer en el mando desconociendo las bases jurídicas que ellos mismos promovieron y promulgaron hace ocho años.
Lo que está en juego no es, como pretenden los poderosos, una confrontación ideológica entre revolucionarios y reaccionarios, entre el socialismo y el capitalismo, entre los gobernantes que encarnan un “proceso de cambio” y la oposición “derechista y proimperialista”. Lo que está en juego es el respeto al valor más sagrado de los ciudadanos, el respeto a su voluntad soberana, de la que no puede apropiarse nadie, por ninguna razón y bajo ningún argumento.
Carlos D. Mesa Gisbert fue presidente de Bolivia.