Código flexibiliza el aborto pero aún enfrenta a dos visiones distintas
La Paz, ANF
El aborto se continúa sancionando con cárcel en el nuevo Código de Sistema Penal, aunque con algunas excepciones, y por eso las activistas seguirán buscando su despenalización, mientras el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Israel Centellas, se declaró públicamente provida e incluso determinó no atender posibles procesos de mujeres que decidan interrumpir su embarazo.
“Nosotros somos provida, por lo menos desde la esencia que tenemos, por una cuestión netamente legalista y de cumplimiento de la Constitución Política del Estado somos provida y no se debería dar en este caso la posibilidad de la muerte a una persona que está por nacer”, dijo Centellas.
Según el artículo 157 del Código Penal, una mujer podrá interrumpir voluntariamente su embarazo y sin cometer una infracción penal cuando se realice durante las primeras ocho semanas de gestación y tenga a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad o menores de edad; o finalmente sea estudiante. El código está actualmente bajo fuerte crítica de diversos sectores, que exigen su abrogación.
Tampoco constituirá infracción cuando se realice el aborto para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida y para la salud integral de la mujer embarazada; cuando se detecten malformaciones fetales; cuando el embarazo sea consecuencia de reproducción asistida no consentida por la mujer; sea producto de violación o incesto; o la embarazada sea niña o adolescente.
Sin embargo, todo esto –según Centellas– va en contra de lo que establece la Constitución Política del Estado.
“Hay un bien jurídicamente protegido y es la vida, la vida es el principal derecho que tenemos protegido en nuestra Constitución y no se protege sólo desde el nacimiento. En teorías que nosotros tomamos en cuenta, como el Nasciturus, Concepturus y Conceptus, se protege a la concepción desde mucho antes del nacimiento y (…) ahora bajo la lógica que se instaura el aborto, quieren decir que dentro de los primeros meses (o semanas) uno no es considerado ser humano y solo sería un producto, por tanto, ese producto podría ser desechado por la madre”, lamentó.
Pero el abogado dijo que al menos él toma con “otro sentido” el tema del aborto en base a su formación académica y profesional, que da a entender de que todos, desde el primer momento del huevo cigoto, son protegidos por la Constitución.
En ese sentido, de acuerdo al análisis del líder de los abogados, al ampliarse la regulación del aborto o las causales de esta práctica, se estaría vulnerando la Carta Magna. Además, “el derecho a la vida no sólo es un derecho constitucional sino también es un derecho humano fundamental”, sostuvo.
No atenderá casos de aborto
Centellas, en el marco de sus principios y su formación, aseguró que personalmente no atendería un eventual proceso judicial de alguna mujer que busque abortar.
“De mi parte, atender uno de estos procesos, iría en contra de mi misma formación, o sea yo no los tomaría como procesos (…) yo no lo haría porque mi formación es distinta y contradice lo que yo pienso y lo que yo siento, podría darles nombres de especialistas en derecho penal con la intención de que ellas tengan un amparo, pero yo no llevaría personalmente el evento porque estoy a favor de la vida”, remarcó.
Sin embargo, van a existir profesionales que sí llevarán adelante los procesos de mujeres que quieran interrumpir su embarazo porque –según el Presidente de los juristas– este tema no contradice a esos abogados en su esencia debido a que son más amplios o tienen una formación distinta de otras escuelas doctrinarias.
El artículo 157 aclara que el único requisito para la interrupción del embarazo en los casos señalados como causales será el llenado de un formulario de constancia del consentimiento informado de la mujer y el señalamiento de la causal y circunstancias de su decisión, sin necesidad de otro trámite, requisito o procedimiento previo de ninguna naturaleza.
“Lectura inadecuada”
Mientras el líder de los abogados justifica su posición, la Coordinadora de la Mujer, a través de su directora Mónica Novillo, consideró que están equivocados los opositores al aborto.
“Yo creo que hay una lectura inadecuada de los sectores que se oponen a la temática del aborto, porque se han opuesto históricamente a la despenalización y también ahora se oponen a la ampliación de causales, pero hay que reconocer una cuestión fundamental y es que se oponen a algo que está demostrado que no funciona, es decir, durante años el aborto estaba (totalmente) penado y de qué ha servido, siguió habiendo abortos, entonces de qué nos sirve tenerlo penado, si de todas maneras no funciona” para evitar más interrupciones de embarazo, cuestionó.
Novillo, que forma parte del Pacto Nacional por la Despenalización del Aborto en Bolivia, agregó que los únicos que se benefician con la permanencia de la penalización del aborto son los médicos que lucran con la práctica clandestina de esta actividad.
“En los lugares donde se ha despenalizado, como México DC y Uruguay, lo que sucedió al principio es como un ‘boom’ porque las mujeres recurrieron al servicio y luego se mantuvo en una misma línea, o sea no hay una subida, no van a aparecer miles de mujeres mintiendo por las causales para abortar, eso no existe, eso no es real. El otro efecto de la despenalización es que se disminuye bruscamente la mortalidad materna, porque cuando es clandestino no podemos saber ni cuántos realmente se realizan”, señaló.
Insistirán en la despenalización
Aunque las causales del aborto fueron ampliadas a ocho en el nuevo Código Penal, pese a la resistencia de grupos de religiosos y otros sectores, las activistas que quieren la despenalización continuarán en la búsqueda de este objetivo.
“Nosotras vamos a seguir insistiendo (en la despenalización del aborto pese a que en el nuevo Código) se dio un paso porque ahora las mujeres que están en ciertas circunstancias van a poder acceder a un aborto seguro”, dijo.
Consideró como un importantísimo avance la ampliación de causales, sin embargo, en su criterio no es suficiente para abordar adecuadamente la problemática del aborto.
“Se requiere despenalizar el aborto para tener un adecuado tratamiento de la problemática, de todas las aristas que están alrededor y para enfrentarlo como una política pública seria. El Pacto Nacional lo que hizo fue una propuesta para despenalizar y eso significaría sacar del Código Penal, es decir, en el Código no se consideraría el aborto porque ya no sería un delito, solo se quedaría el aborto forzado como delito, que es cuando han forzado a una mujer a realizarse un aborto contra su voluntad”, indicó.
El artículo 157 del Código Penal establece que la persona que cause el aborto a una mujer embarazada sin el expreso y libre consentimiento de ésta, o de su representante legal cuando ella esté impedida de manifestar su voluntad por cualquier causa, será sancionada con tres a diez años de prisión.
Además, la sanción será agravada en un tercio cuando el aborto sea causado por el ejercicio de cualquier tipo de violencia contra la mujer, y cuando a consecuencia del aborto practicado sin consentimiento se produzca la muerte de la mujer, se aplicará la sanción correspondiente al feminicidio.
Asimismo, este artículo indica que la mujer que voluntariamente interrumpa su embarazo, fuera de las causales determinadas, será sancionada con prisión de uno a tres años.
Uno debe ser responsable de sus actos
Entre tanto, Centellas reafirmó que cada persona debe ser responsable de todos sus actos y más cuando mantiene relaciones sexuales.
“Si uno tiene una relación con una persona y después no tiene recursos económicos para resguardar a ese nuevo ser, pues existen todas las posibilidades de poder trabajar, pero más allá de eso está la prevención. En ese sentido nosotros somos provida porque debemos ser responsables con los actos que uno realiza (…) y de las consecuencias que pueden tener esos actos”, apuntó el abogado.
El aborto se continúa sancionando con cárcel en el nuevo Código de Sistema Penal, aunque con algunas excepciones, y por eso las activistas seguirán buscando su despenalización, mientras el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Israel Centellas, se declaró públicamente provida e incluso determinó no atender posibles procesos de mujeres que decidan interrumpir su embarazo.
“Nosotros somos provida, por lo menos desde la esencia que tenemos, por una cuestión netamente legalista y de cumplimiento de la Constitución Política del Estado somos provida y no se debería dar en este caso la posibilidad de la muerte a una persona que está por nacer”, dijo Centellas.
Según el artículo 157 del Código Penal, una mujer podrá interrumpir voluntariamente su embarazo y sin cometer una infracción penal cuando se realice durante las primeras ocho semanas de gestación y tenga a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad o menores de edad; o finalmente sea estudiante. El código está actualmente bajo fuerte crítica de diversos sectores, que exigen su abrogación.
Tampoco constituirá infracción cuando se realice el aborto para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida y para la salud integral de la mujer embarazada; cuando se detecten malformaciones fetales; cuando el embarazo sea consecuencia de reproducción asistida no consentida por la mujer; sea producto de violación o incesto; o la embarazada sea niña o adolescente.
Sin embargo, todo esto –según Centellas– va en contra de lo que establece la Constitución Política del Estado.
“Hay un bien jurídicamente protegido y es la vida, la vida es el principal derecho que tenemos protegido en nuestra Constitución y no se protege sólo desde el nacimiento. En teorías que nosotros tomamos en cuenta, como el Nasciturus, Concepturus y Conceptus, se protege a la concepción desde mucho antes del nacimiento y (…) ahora bajo la lógica que se instaura el aborto, quieren decir que dentro de los primeros meses (o semanas) uno no es considerado ser humano y solo sería un producto, por tanto, ese producto podría ser desechado por la madre”, lamentó.
Pero el abogado dijo que al menos él toma con “otro sentido” el tema del aborto en base a su formación académica y profesional, que da a entender de que todos, desde el primer momento del huevo cigoto, son protegidos por la Constitución.
En ese sentido, de acuerdo al análisis del líder de los abogados, al ampliarse la regulación del aborto o las causales de esta práctica, se estaría vulnerando la Carta Magna. Además, “el derecho a la vida no sólo es un derecho constitucional sino también es un derecho humano fundamental”, sostuvo.
No atenderá casos de aborto
Centellas, en el marco de sus principios y su formación, aseguró que personalmente no atendería un eventual proceso judicial de alguna mujer que busque abortar.
“De mi parte, atender uno de estos procesos, iría en contra de mi misma formación, o sea yo no los tomaría como procesos (…) yo no lo haría porque mi formación es distinta y contradice lo que yo pienso y lo que yo siento, podría darles nombres de especialistas en derecho penal con la intención de que ellas tengan un amparo, pero yo no llevaría personalmente el evento porque estoy a favor de la vida”, remarcó.
Sin embargo, van a existir profesionales que sí llevarán adelante los procesos de mujeres que quieran interrumpir su embarazo porque –según el Presidente de los juristas– este tema no contradice a esos abogados en su esencia debido a que son más amplios o tienen una formación distinta de otras escuelas doctrinarias.
El artículo 157 aclara que el único requisito para la interrupción del embarazo en los casos señalados como causales será el llenado de un formulario de constancia del consentimiento informado de la mujer y el señalamiento de la causal y circunstancias de su decisión, sin necesidad de otro trámite, requisito o procedimiento previo de ninguna naturaleza.
“Lectura inadecuada”
Mientras el líder de los abogados justifica su posición, la Coordinadora de la Mujer, a través de su directora Mónica Novillo, consideró que están equivocados los opositores al aborto.
“Yo creo que hay una lectura inadecuada de los sectores que se oponen a la temática del aborto, porque se han opuesto históricamente a la despenalización y también ahora se oponen a la ampliación de causales, pero hay que reconocer una cuestión fundamental y es que se oponen a algo que está demostrado que no funciona, es decir, durante años el aborto estaba (totalmente) penado y de qué ha servido, siguió habiendo abortos, entonces de qué nos sirve tenerlo penado, si de todas maneras no funciona” para evitar más interrupciones de embarazo, cuestionó.
Novillo, que forma parte del Pacto Nacional por la Despenalización del Aborto en Bolivia, agregó que los únicos que se benefician con la permanencia de la penalización del aborto son los médicos que lucran con la práctica clandestina de esta actividad.
“En los lugares donde se ha despenalizado, como México DC y Uruguay, lo que sucedió al principio es como un ‘boom’ porque las mujeres recurrieron al servicio y luego se mantuvo en una misma línea, o sea no hay una subida, no van a aparecer miles de mujeres mintiendo por las causales para abortar, eso no existe, eso no es real. El otro efecto de la despenalización es que se disminuye bruscamente la mortalidad materna, porque cuando es clandestino no podemos saber ni cuántos realmente se realizan”, señaló.
Insistirán en la despenalización
Aunque las causales del aborto fueron ampliadas a ocho en el nuevo Código Penal, pese a la resistencia de grupos de religiosos y otros sectores, las activistas que quieren la despenalización continuarán en la búsqueda de este objetivo.
“Nosotras vamos a seguir insistiendo (en la despenalización del aborto pese a que en el nuevo Código) se dio un paso porque ahora las mujeres que están en ciertas circunstancias van a poder acceder a un aborto seguro”, dijo.
Consideró como un importantísimo avance la ampliación de causales, sin embargo, en su criterio no es suficiente para abordar adecuadamente la problemática del aborto.
“Se requiere despenalizar el aborto para tener un adecuado tratamiento de la problemática, de todas las aristas que están alrededor y para enfrentarlo como una política pública seria. El Pacto Nacional lo que hizo fue una propuesta para despenalizar y eso significaría sacar del Código Penal, es decir, en el Código no se consideraría el aborto porque ya no sería un delito, solo se quedaría el aborto forzado como delito, que es cuando han forzado a una mujer a realizarse un aborto contra su voluntad”, indicó.
El artículo 157 del Código Penal establece que la persona que cause el aborto a una mujer embarazada sin el expreso y libre consentimiento de ésta, o de su representante legal cuando ella esté impedida de manifestar su voluntad por cualquier causa, será sancionada con tres a diez años de prisión.
Además, la sanción será agravada en un tercio cuando el aborto sea causado por el ejercicio de cualquier tipo de violencia contra la mujer, y cuando a consecuencia del aborto practicado sin consentimiento se produzca la muerte de la mujer, se aplicará la sanción correspondiente al feminicidio.
Asimismo, este artículo indica que la mujer que voluntariamente interrumpa su embarazo, fuera de las causales determinadas, será sancionada con prisión de uno a tres años.
Uno debe ser responsable de sus actos
Entre tanto, Centellas reafirmó que cada persona debe ser responsable de todos sus actos y más cuando mantiene relaciones sexuales.
“Si uno tiene una relación con una persona y después no tiene recursos económicos para resguardar a ese nuevo ser, pues existen todas las posibilidades de poder trabajar, pero más allá de eso está la prevención. En ese sentido nosotros somos provida porque debemos ser responsables con los actos que uno realiza (…) y de las consecuencias que pueden tener esos actos”, apuntó el abogado.