Defensoría considera que ley que retira la intangibilidad del TIPNIS respeta decisión de los indígenas

El Senado sancionó este miércoles la norma que abroga la Ley 180, que instituye la intangibilidad del parque nacional, y se prevé que en las próximas horas sea promulgada por el presidente Evo Morales

La Razón Digital / José Luis Columba / La Paz
La Defensoría del Pueblo emitió este miércoles un pronunciamiento respecto a la ley que retira la intangibilidad del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS). El documento sostiene la norma respeta la decisión de los pueblos indígenas que habitan en la zona limítrofe entre Beni y Cochabamba.


El Senado sancionó este miércoles la norma que abroga la Ley 180, que instituye la intangibilidad del parque nacional, y se prevé que en las próximas horas sea promulgada por el presidente Evo Morales. El proyecto normativo posibilitaría la construcción del polémico proyecto carretero entre Villa Tunari y San Ignacio de Moxos.

“Desconocer el marco normativo, jurisprudencial e histórico de este proceso de decisión de las comunidades del TIPNIS, violaría los derechos sus habitantes a través de la postergación, dejándolos en el oprobio”, afirmó el defensor David Tezanos Pinto.

Argumentó que esta posición es coherente con un anterior pronunciamiento de 2011 que pedía una consulta libre, previa e informada acorde con la Constitución Política del Estado. Recordó que existen dos sentencias constitucionales y la propia consulta que se realizó con la comunidades que respaldan esta norma.

Sobre el proceso de consulta de 2012, recordó que fue organizado por el Ministerio de Obras Públicas y de Medio Ambiente con la participación del Tribunal Supremo Electoral y veedores internacionales. Hace cinco años, el 80% de las personas consultadas pidieron levantar la intangibilidad y demandaron construir la carretera.

Tezanos Pinto cuestionó además el "discurso ambientalista" que critica el levantamiento de la intangibilidad del TIPNIS. Asegura que esas posiciones inobservan “la realidad, las necesidades, la decisión y libre determinación de quienes lo habitan, así como el proceso llevado a cabo, sin considerar que están negando el ejercicio del derecho a la consulta”, concluyó.

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