Defensor ratifica acción popular y deja todo en manos del TCP
El Defensor del Pueblo explicó que la Acción Popular sólo va dirigida para el sector de salud.
Pamela Pomacahua / La Paz
El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, dejó en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la nulidad o la ratificación de la acción popular emitida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ), por la cual el sector de salud no podrá volver a entrar en huelga y ratificó que la misma sólo va dirigida a los profesionales de mandiles blancos.
"Esto está en revisión en el Tribunal Constitucional Plurinacional, quien analizará estas excepciones al derecho a la huelga que ha planteado también la OIT (Organización Internacional de Trabajo), así que cualquier preocupación que tengan los de la clase trabajadora (puede acudir a la) OIT porque estas son las instancias internacionales que le ponen freno a todo Estado", argumentó.
El Defensor del Pueblo explicó que la Acción Popular sólo va dirigida para el sector de salud, pero recordó a los demás sectores que en la OIT señala que los servicios fundamentales tampoco pueden ser afectados con la huelga como: la administración pública fiscal y municipal, el agua, combustible, luz y energía eléctrica, comunicaciones y bancos, sanidad y mercados públicos.
Ayer, decenas de organizaciones sociales y gremios de trabajadores, reunidos en el Pacto de Lucha por la Paceñidad, exigieron al Defensor del Pueblo dejar sin efecto la acción popular en contra de las huelgas en el sector médico, caso contrario se pedirá su renuncia "por abandonar los principios de defender al pueblo”.
Tezanos Pinto respondió que no tiene potestad para retractarse hasta que no haya una resolución del TCP. "El artículo 38 del Código Procesal Constitucional establece que la resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el TCP en el plazo de 24 horas siguientes a la emisión de la resolución".
El 29 de mayo, la Sala Penal Primera Civil dio, en parte, cumplimiento a la acción popular presentada por el Defensor del Pueblo, quien solicitó sea declarada ilegal la paralización de labores de parte de los galenos. Los médicos tienen derecho a realizar la huelga, pero sin afectar la prestación de servicio de salud a la ciudadanía boliviana.
Pamela Pomacahua / La Paz
El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, dejó en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la nulidad o la ratificación de la acción popular emitida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ), por la cual el sector de salud no podrá volver a entrar en huelga y ratificó que la misma sólo va dirigida a los profesionales de mandiles blancos.
"Esto está en revisión en el Tribunal Constitucional Plurinacional, quien analizará estas excepciones al derecho a la huelga que ha planteado también la OIT (Organización Internacional de Trabajo), así que cualquier preocupación que tengan los de la clase trabajadora (puede acudir a la) OIT porque estas son las instancias internacionales que le ponen freno a todo Estado", argumentó.
El Defensor del Pueblo explicó que la Acción Popular sólo va dirigida para el sector de salud, pero recordó a los demás sectores que en la OIT señala que los servicios fundamentales tampoco pueden ser afectados con la huelga como: la administración pública fiscal y municipal, el agua, combustible, luz y energía eléctrica, comunicaciones y bancos, sanidad y mercados públicos.
Ayer, decenas de organizaciones sociales y gremios de trabajadores, reunidos en el Pacto de Lucha por la Paceñidad, exigieron al Defensor del Pueblo dejar sin efecto la acción popular en contra de las huelgas en el sector médico, caso contrario se pedirá su renuncia "por abandonar los principios de defender al pueblo”.
Tezanos Pinto respondió que no tiene potestad para retractarse hasta que no haya una resolución del TCP. "El artículo 38 del Código Procesal Constitucional establece que la resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el TCP en el plazo de 24 horas siguientes a la emisión de la resolución".
El 29 de mayo, la Sala Penal Primera Civil dio, en parte, cumplimiento a la acción popular presentada por el Defensor del Pueblo, quien solicitó sea declarada ilegal la paralización de labores de parte de los galenos. Los médicos tienen derecho a realizar la huelga, pero sin afectar la prestación de servicio de salud a la ciudadanía boliviana.