Evo y García Linera gozan de “privilegios constitucionales”
Página Siete / La Paz
El presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera gozan de "privilegios constitucionales”, a diferencia de los demás ciudadanos del país. La afirmación corresponde al senador oficialista Efraín Chambi.
"Nadie tiene privilegio. Bueno, en este caso el hermano Vicepresidente y el Presidente tienen privilegio constitucional; el resto de las autoridades no tenemos ningún privilegio constitucional. Teniendo privilegio constitucional nuestro Presidente y nuestro Vicepresidente han estado vilmente calumniados, vilmente acusados con supuestos hechos”, afirmó el legislador.
El senador hizo estas declaraciones cuando fue consultado por qué no se mide con la misma vara al Vicepresidente, que tiene una denuncia por los mismos delitos que el abogado Eduardo León.
El exdefensor legal de la otrora pareja del Presidente, Gabriela Zapata, tiene detención preventiva porque supuestamente falsificó su libreta de servicio militar. Los querellantes de este proceso son cuatro ministerios.
El Vicepresidente fue denunciado porque en su libreta de servicio militar señala que es licenciado en Matemáticas, también se identifica con esta profesión en sus libros, en un certificado de notas de la UMSA y en su certificado de matrimonio; sin embargo, él mismo admitió que no finalizó su carrera universitaria.
No obstante, la Fiscalía General no admitió hasta ayer la denuncia contra García Linera.
Consultado sobre los artículos que otorgan "privilegios constitucionales” a Morales y García Linera, el senador Chambi sugirió a los periodistas revisar la Constitución y la Ley 044 de Juzgamiento de Altas Autoridades.
La Carta Magna en el parágrafo III del artículo 180 establece que "la jurisdicción ordinaria no reconocerá fueros, privilegios ni tribunales de excepción”.
La denuncia presentada contra García Linera es por delitos penales; no se trata de un juicio de responsabilidades contra altas autoridades del Estado.
Para el analista político Carlos Cordero, no existe ningún artículo en la Carta Magna que otorgue "privilegios” al presidente Morales y al Vicepresidente porque todos los ciudadanos bolivianos y las mismas autoridades están debajo de las leyes.
Incluso el juicio de responsabilidades contra altas autoridades del Órgano Ejecutivo no se trata de una jurisdicción de privilegios, "sino son mecanismos que le garantiza a los dos gobernantes un proceso justo”, dijo.
La Ley 044 de Juzgamiento de Altas Autoridades establece las normas y procedimientos para enjuiciar a autoridades del Ejecutivo y del Órgano Judicial por delitos, como traición a la Patria, violación de los derechos y de las garantías individuales, uso indebido de influencias, resoluciones contrarias a la Constitución, anticipación o prolongación de funciones y otros delitos.
El presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera gozan de "privilegios constitucionales”, a diferencia de los demás ciudadanos del país. La afirmación corresponde al senador oficialista Efraín Chambi.
"Nadie tiene privilegio. Bueno, en este caso el hermano Vicepresidente y el Presidente tienen privilegio constitucional; el resto de las autoridades no tenemos ningún privilegio constitucional. Teniendo privilegio constitucional nuestro Presidente y nuestro Vicepresidente han estado vilmente calumniados, vilmente acusados con supuestos hechos”, afirmó el legislador.
El senador hizo estas declaraciones cuando fue consultado por qué no se mide con la misma vara al Vicepresidente, que tiene una denuncia por los mismos delitos que el abogado Eduardo León.
El exdefensor legal de la otrora pareja del Presidente, Gabriela Zapata, tiene detención preventiva porque supuestamente falsificó su libreta de servicio militar. Los querellantes de este proceso son cuatro ministerios.
El Vicepresidente fue denunciado porque en su libreta de servicio militar señala que es licenciado en Matemáticas, también se identifica con esta profesión en sus libros, en un certificado de notas de la UMSA y en su certificado de matrimonio; sin embargo, él mismo admitió que no finalizó su carrera universitaria.
No obstante, la Fiscalía General no admitió hasta ayer la denuncia contra García Linera.
Consultado sobre los artículos que otorgan "privilegios constitucionales” a Morales y García Linera, el senador Chambi sugirió a los periodistas revisar la Constitución y la Ley 044 de Juzgamiento de Altas Autoridades.
La Carta Magna en el parágrafo III del artículo 180 establece que "la jurisdicción ordinaria no reconocerá fueros, privilegios ni tribunales de excepción”.
La denuncia presentada contra García Linera es por delitos penales; no se trata de un juicio de responsabilidades contra altas autoridades del Estado.
Para el analista político Carlos Cordero, no existe ningún artículo en la Carta Magna que otorgue "privilegios” al presidente Morales y al Vicepresidente porque todos los ciudadanos bolivianos y las mismas autoridades están debajo de las leyes.
Incluso el juicio de responsabilidades contra altas autoridades del Órgano Ejecutivo no se trata de una jurisdicción de privilegios, "sino son mecanismos que le garantiza a los dos gobernantes un proceso justo”, dijo.
La Ley 044 de Juzgamiento de Altas Autoridades establece las normas y procedimientos para enjuiciar a autoridades del Ejecutivo y del Órgano Judicial por delitos, como traición a la Patria, violación de los derechos y de las garantías individuales, uso indebido de influencias, resoluciones contrarias a la Constitución, anticipación o prolongación de funciones y otros delitos.