Día histórico para los derechos sexuales, se promulga Ley de Cambio de Género

ANF
Este sábado se constituye en un día histórico para el reconocimiento de los derechos humanos de la población transexual y transgénero de Bolivia. Se trata de la promulgación de la ley de "Identidad de Género" que permite a ésta población cambiar su nombre y sexo en documentos de identidad, cuentas bancarias, títulos profesionales, etc.


"De todos los derechos adquiridos por esta población, el derecho a la identidad es el primero de todos. Porque a partir de este pueden ser sujetos a otros beneficios", explicó la diputada Valeria Silva (MAS) a ANF.

"La norma establece un procedimiento para que las personas transgénero y transexuales puedan modificar los datos de su Carnet de Identidad (CI) y que a partir de un proceso administrativo se pueda modificar el resto de sus documentos personales", complementó la legisladora, una de las impulsoras de la medida.

Puso como ejemplo el caso de una madre transexual que, si adquiriere la nueva identidad, podría ser beneficiada en el ámbito laboral con días de permiso y horarios especiales según corresponda, como cualquier otra madre.

La ley incluye una disposición especial que permite "la reversión de la elección por una sola vez”, es decir que el cambio de nombre, dato de sexo e imagen será reversible si es que la persona cambia de opinión. En caso de reversión se vuelve al nombre, dato de sexo e imagen iniciales y éstos ya no podrán cambiar. También se aclara que queda prohibido el uso de los documentos personales anteriores al cambio de identidad, una vez realizado el cambio.

Silva añadió que según tratados y acuerdos internacionales en vigencia en Bolivia y de acuerdo al reconocimiento de los derechos de esta población en la Constitución Política del Estado (CPE), el derecho a la identidad de género es el primero que debe ser reconocido por los Estados.

Comentó que Bolivia es uno de los países de la región que más ha tardado en la promulgación de esta norma, ya que desde los años 70 y 80 lo hicieron países como Argentina, Chile, Uruguay, Brasil entre otros. Perú es uno de los que tiene pendiente tratar este tema.

Otra de las demandas del sector, como el matrimonio de personas del mismo sexo, no puede ser aprobada mediante una ley sino a través de la modificación de la CPE.

Aclaró que el principal objetivo de la norma es trabajar y avanzar para alcanzar la eliminación de la discriminación a este sector de la población.

La norma podrá beneficiar a todas las personas transexuales y transgénero mayores de 18 años que deseen realizar las modificaciones en sus documentos personales.

Una vez aprobado el cambio de identidad, el Servicio de Registro Cívico (Sereci), notificará a instancias como el Servicio de Identificación Personal (Segip), Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Dirección General de Migración, Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Derechos Reales, Registro Judicial de Antecedentes Penales y Sistema de Registro de Antecedentes Policiales.

A la Dirección de Régimen Penitenciario, Contraloría General del Estado, Ministerio de Educación, Ministerio de Defensa, Cajas de Salud Pública, Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir), Autoridad de Pensiones, Valores y Seguros (APS) y otras instituciones que el Sereci considere necesarias, para que se haga el mismo cambio de identidad.

Por lo que todas las instancias públicas y privadas tendrán un lapso de tres meses para adecuar sus normas internas para ese fin. En caso de detectar casos de discriminación o a quienes incumplan la disposición podrán ser sancionados en el marco de la ley de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación.

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