TSE declara improbadas denuncias contra el Vicepresidente, dos ministros y tres senadores
ANF / La Paz
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró improbadas, las denuncias en contra del vicepresidente, Álvaro García Linera, los ministros de la Presidencia, Juan Ramón Quintana y de Trabajo, Gonzalo Trigoso, así como la presentada en contra del senador Arturo Murillo (UD) y de otros asambleístas de la oposición, por supuesta vulneración de la Ley 026 de Régimen Electoral y el Reglamento de Campaña y Propaganda.
Desde la vigencia del Reglamento de Campaña y Propaganda en el marco del Referéndum para la Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado (CPE), sobre la reelección del Presidente y Vicepresidente para el periodo 2020-2025, el TSE resolvió 18 casos, la mayoría activadas por denuncias. Sin embargo, ninguna derivó en la Contraloría General del Estado (CGE).
La primera denuncia resuelta fue presentada por Mario Alejandro Vargas Rico Toro en contra de los asambleístas Arturo Murillo, Carlos Pablo Klinsky y Beatriz Capobianco Sandoval, por supuesta vulneración a lo establecido en los incisos "a" y "d" del parágrafo I del art. 126 de la Ley 026 de Régimen Electoral, y artículos 25 y 40 del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo.
Una vez valorados los descargos presentados por los denunciados, se pudo establecer que las pruebas de cargo no permitieron establecer, que la supuesta vulneración tuvo lugar en fecha posterior a la puesta en vigencia del Reglamento para Campaña y Propaganda.
La segunda denuncia declarada improbada fue presentada por Juan Carlos Gutiérrez Vargas y otros asambleístas del PDC en contra del ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, por supuesta contravención a los artículos 25 y 40 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo y los artículos 126 y 230 de la Ley del Régimen Electoral. De acuerdo a la denuncia en contra de Quintana, la camioneta de color rojo FAW modelo 2014, con placa de control 3613- HHD con el lema "Sí a la repostulación", se encuentra registrado a nombre del Ministerio de la Presidencia, quien figura como representante legal del vehículo.
El Ministerio de la Presidencia presentó sus descargos, por los cuales habría demostrado que el vehículo en cuestión fue entregado a la Federación Departamental de Comunidades Interculturales de Santa Cruz, en el marco del programa de fortalecimiento a las organizaciones sociales. La tercera denuncia declarada también improbada fue la presentada por Amilcar Barral Cabero en contra del Vicepresidente y el Ministro de Trabajo, por supuesta contravención al artículo 40 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, el artículo 126 de la Ley del Régimen Electoral y los artículos 1 y 9 de la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público. Luego del análisis técnico-jurídico de las pruebas de cargo, referidas a fotografías de supuestos talleres de capacitación y organización política rumbo al Referéndum del 21 de febrero, y de descargo, presentadas por los aludidos, el TSE declaró improbada dicha denuncia.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró improbadas, las denuncias en contra del vicepresidente, Álvaro García Linera, los ministros de la Presidencia, Juan Ramón Quintana y de Trabajo, Gonzalo Trigoso, así como la presentada en contra del senador Arturo Murillo (UD) y de otros asambleístas de la oposición, por supuesta vulneración de la Ley 026 de Régimen Electoral y el Reglamento de Campaña y Propaganda.
Desde la vigencia del Reglamento de Campaña y Propaganda en el marco del Referéndum para la Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado (CPE), sobre la reelección del Presidente y Vicepresidente para el periodo 2020-2025, el TSE resolvió 18 casos, la mayoría activadas por denuncias. Sin embargo, ninguna derivó en la Contraloría General del Estado (CGE).
La primera denuncia resuelta fue presentada por Mario Alejandro Vargas Rico Toro en contra de los asambleístas Arturo Murillo, Carlos Pablo Klinsky y Beatriz Capobianco Sandoval, por supuesta vulneración a lo establecido en los incisos "a" y "d" del parágrafo I del art. 126 de la Ley 026 de Régimen Electoral, y artículos 25 y 40 del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo.
Una vez valorados los descargos presentados por los denunciados, se pudo establecer que las pruebas de cargo no permitieron establecer, que la supuesta vulneración tuvo lugar en fecha posterior a la puesta en vigencia del Reglamento para Campaña y Propaganda.
La segunda denuncia declarada improbada fue presentada por Juan Carlos Gutiérrez Vargas y otros asambleístas del PDC en contra del ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, por supuesta contravención a los artículos 25 y 40 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo y los artículos 126 y 230 de la Ley del Régimen Electoral. De acuerdo a la denuncia en contra de Quintana, la camioneta de color rojo FAW modelo 2014, con placa de control 3613- HHD con el lema "Sí a la repostulación", se encuentra registrado a nombre del Ministerio de la Presidencia, quien figura como representante legal del vehículo.
El Ministerio de la Presidencia presentó sus descargos, por los cuales habría demostrado que el vehículo en cuestión fue entregado a la Federación Departamental de Comunidades Interculturales de Santa Cruz, en el marco del programa de fortalecimiento a las organizaciones sociales. La tercera denuncia declarada también improbada fue la presentada por Amilcar Barral Cabero en contra del Vicepresidente y el Ministro de Trabajo, por supuesta contravención al artículo 40 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, el artículo 126 de la Ley del Régimen Electoral y los artículos 1 y 9 de la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público. Luego del análisis técnico-jurídico de las pruebas de cargo, referidas a fotografías de supuestos talleres de capacitación y organización política rumbo al Referéndum del 21 de febrero, y de descargo, presentadas por los aludidos, el TSE declaró improbada dicha denuncia.