Alineación indebida del Madrid: puede estar fuera de la Copa
Madrid, As
El Real Madrid cometió este miércoles alineación indebida de Denis Cheryshev y podría estar eliminado directamente de la Copa del Rey. El ahora jugador del Real Madrid vio la tercera amarilla que suponía sanción en el Barcelona-Villarreal de semifinales de vuelta de la temporada pasada, por una falta a Luis Suárez. La alineación indebida, según establece el artículo 76 del Reglamento de la FEF, especifica que si el partido es de Copa el equipo infractor será eliminado. Cheryshev, que apenas había jugado esta temporada (24 minutos en Champions y 34 en Liga ) y fue titular en Cádiz, estaba sancionado. La noticia saltó pocos minutos después de darse el pitido inicial.
Los clubes reciben a principios de temporada una notificación con los jugadores que están sancionados. Cheryshev lo estaba, pero el Madrid lo alineó. Si el Cádiz denuncia (tiene de plazo hasta las 14:00 horas de mañana), el Real Madrid estará eliminado de la Copa del Rey. Esto lo aclara el artículo 76.
El artículo 76 del Reglamento de la FEF especifica: Alineación indebida.
1. En todo caso, al club que alinee indebidamente a un futbolista por no reunir los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido, se le dará éste por perdido, declarándose vencedor al oponente con el resultado de tres goles a cero, salvo que se hubiere obtenido un tanteo superior, si la competición fuere por puntos, en cuyo caso se mantendrá. Si lo fuese por eliminatorias, se resolverá la de que se trate a favor del oponente. Tratándose de este supuesto, si faltare por celebrar el segundo de los encuentros en el campo de éste último, el culpable deberá indemnizarle en la cuantía que se determine en función al promedio de las recaudaciones de competiciones de clase análoga durante las dos anteriores temporadas.
El Real Madrid podría agarrarse, no obstante, a la falta de concreción del artículo 112 (acumulación de amonestaciones en diferentes partidos). Según confirman fuentes federativas, este artículo, en su último punto, está pensado para los equipos que disputan la Copa desde la primera eliminatoria, para que no jueguen en inferioridad de condiciones en relación a los equipos que se incorporan al torneo en dieciseisavos:
Artículo 112
"(...) En el Campeonato de España/Copa de SM El Rey, al término de la tercera eliminatoria quedarán automáticamente anulados los ciclos vigenes de amonestaciones de todos los intervinientes iniciándose otro nuevo turno para todos los intervinientes en dieciseisavos de final".
El Real Madrid cometió este miércoles alineación indebida de Denis Cheryshev y podría estar eliminado directamente de la Copa del Rey. El ahora jugador del Real Madrid vio la tercera amarilla que suponía sanción en el Barcelona-Villarreal de semifinales de vuelta de la temporada pasada, por una falta a Luis Suárez. La alineación indebida, según establece el artículo 76 del Reglamento de la FEF, especifica que si el partido es de Copa el equipo infractor será eliminado. Cheryshev, que apenas había jugado esta temporada (24 minutos en Champions y 34 en Liga ) y fue titular en Cádiz, estaba sancionado. La noticia saltó pocos minutos después de darse el pitido inicial.
Los clubes reciben a principios de temporada una notificación con los jugadores que están sancionados. Cheryshev lo estaba, pero el Madrid lo alineó. Si el Cádiz denuncia (tiene de plazo hasta las 14:00 horas de mañana), el Real Madrid estará eliminado de la Copa del Rey. Esto lo aclara el artículo 76.
El artículo 76 del Reglamento de la FEF especifica: Alineación indebida.
1. En todo caso, al club que alinee indebidamente a un futbolista por no reunir los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido, se le dará éste por perdido, declarándose vencedor al oponente con el resultado de tres goles a cero, salvo que se hubiere obtenido un tanteo superior, si la competición fuere por puntos, en cuyo caso se mantendrá. Si lo fuese por eliminatorias, se resolverá la de que se trate a favor del oponente. Tratándose de este supuesto, si faltare por celebrar el segundo de los encuentros en el campo de éste último, el culpable deberá indemnizarle en la cuantía que se determine en función al promedio de las recaudaciones de competiciones de clase análoga durante las dos anteriores temporadas.
El Real Madrid podría agarrarse, no obstante, a la falta de concreción del artículo 112 (acumulación de amonestaciones en diferentes partidos). Según confirman fuentes federativas, este artículo, en su último punto, está pensado para los equipos que disputan la Copa desde la primera eliminatoria, para que no jueguen en inferioridad de condiciones en relación a los equipos que se incorporan al torneo en dieciseisavos:
Artículo 112
"(...) En el Campeonato de España/Copa de SM El Rey, al término de la tercera eliminatoria quedarán automáticamente anulados los ciclos vigenes de amonestaciones de todos los intervinientes iniciándose otro nuevo turno para todos los intervinientes en dieciseisavos de final".