Defensor presenta recurso de inconstitucionalidad por D.S. que vulnera derechos de indígenas
La Paz, ANF
El Defensor del Pueblo Rolando Villena señaló este miércoles que los artículos 4 y 6 del Decreto Supremo N° 2195 vulneran el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación, a la facultad de aplicar normas propias, administrados por sus estructuras de representación, y a la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la naturaleza, por lo que presentó un recurso de inconstitucionalidad.
“Hemos analizado el Decreto desde la perspectiva de las normas nacionales y los principios internacionales de derechos humanos y consideramos que existen vulneraciones muy graves a estos derechos y por eso hemos pedido al Tribunal competente que declare inconstitucionales esos artículos”, señaló.
El pasado 29 de junio, la Defensoría del Pueblo presentó ante el Tribunal Constitucional la acción de inconstitucionalidad abstracta que incluye una serie de argumentos contra los Art. 4 y 6 del Decreto, especialmente contra las medidas que disponen que un acuerdo entre la empresa de explotación y el pueblo indígena, determine cómo se invertirá la compensación.
Además les da plazos perentorios a las comunidades para que se pongan de acuerdo sobre la distribución de la compensación y establece que las actividades y los proyectos sociales o productivos podrán ser ejecutados por los pueblos indígenas o por medio de entidades públicas o privadas.
“Hay una clara distorsión de los principios constitucionales y legales respecto al derecho de los pueblos indígenas a decidir por sí mismos y sin injerencia del Estado y mucho menos de empresas privadas, sobre cómo van a invertir los recursos de compensación o cuánto tiempo precisan para debatir entre comunidades estos aspectos”, afirmó Villena.
Más adelante señaló que, de acuerdo al análisis jurídico que realizó la institución, se están afectando derechos establecidos en por lo menos cuatro artículos de la Constitución, especialmente el que reconoce a las naciones indígenas la “facultad de aplicar sus normas propias, administrados por sus estructuras de representación y la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la naturaleza”.
Asimismo se estarían afectando tratados internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el Convenio 169 de la OIT.
“Con una sola decisión se está desconociendo más de cincuenta años de lucha de los pueblos indígenas por ser reconocidos como sujetos activos del Estado, propietarios de sus territorios, de su desarrollo y su derecho a definir los mecanismos y las formas para administrar los recursos naturales en sus comunidades y a que no sean intereses y planes ajenos los que les digan qué deben hacer y cómo deben hacerlo”, sentenció.
La autoridad explicó que una vez presentado este recurso esperarán la decisión del Tribunal Constitucional respecto a los argumentos planteados.
“El Tribunal ha mostrado en varias ocasiones su calidad y apego a los principios de la Constitución y del Estado Plurinacional y esperamos que en esta oportunidad responda a la historia y la decisión del pueblo en un tema de tanta importancia como es el respeto a la construcción de la plurinacionalidad y los derechos de los pueblos indígenas tan postergados y menospreciados durante centurias”, indicó.
TIPNIS
Finalmente la autoridad se refirió a las declaraciones de algunas autoridades respecto a la intención de avanzar en la construcción de la carretera por el centro del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis) y de eliminar la intangibilidad del Parque Nacional.
Al respecto el Defensor indicó que esas determinaciones, de materializarse, implicarían una regresión en los derechos de los pueblos indígenas y una violación a los derechos de la Madre Tierra “ambos reconocidos en la Constitución, las leyes y los principios que sustenta el Estado Plurinacional”.
Señaló además que tanto los decretos observados, la explotación de hidrocarburos en parques nacionales y la intención de afectar el TIPNIS, son partes de una política que no está tomando en cuenta que el desarrollo no solo tiene que ver con ingresos económicos en el presente, sino con los derechos de quienes habitan los territorios donde se explotarían los recursos naturales, pero sobre todo con las generaciones futuras.
El Defensor del Pueblo Rolando Villena señaló este miércoles que los artículos 4 y 6 del Decreto Supremo N° 2195 vulneran el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación, a la facultad de aplicar normas propias, administrados por sus estructuras de representación, y a la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la naturaleza, por lo que presentó un recurso de inconstitucionalidad.
“Hemos analizado el Decreto desde la perspectiva de las normas nacionales y los principios internacionales de derechos humanos y consideramos que existen vulneraciones muy graves a estos derechos y por eso hemos pedido al Tribunal competente que declare inconstitucionales esos artículos”, señaló.
El pasado 29 de junio, la Defensoría del Pueblo presentó ante el Tribunal Constitucional la acción de inconstitucionalidad abstracta que incluye una serie de argumentos contra los Art. 4 y 6 del Decreto, especialmente contra las medidas que disponen que un acuerdo entre la empresa de explotación y el pueblo indígena, determine cómo se invertirá la compensación.
Además les da plazos perentorios a las comunidades para que se pongan de acuerdo sobre la distribución de la compensación y establece que las actividades y los proyectos sociales o productivos podrán ser ejecutados por los pueblos indígenas o por medio de entidades públicas o privadas.
“Hay una clara distorsión de los principios constitucionales y legales respecto al derecho de los pueblos indígenas a decidir por sí mismos y sin injerencia del Estado y mucho menos de empresas privadas, sobre cómo van a invertir los recursos de compensación o cuánto tiempo precisan para debatir entre comunidades estos aspectos”, afirmó Villena.
Más adelante señaló que, de acuerdo al análisis jurídico que realizó la institución, se están afectando derechos establecidos en por lo menos cuatro artículos de la Constitución, especialmente el que reconoce a las naciones indígenas la “facultad de aplicar sus normas propias, administrados por sus estructuras de representación y la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la naturaleza”.
Asimismo se estarían afectando tratados internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el Convenio 169 de la OIT.
“Con una sola decisión se está desconociendo más de cincuenta años de lucha de los pueblos indígenas por ser reconocidos como sujetos activos del Estado, propietarios de sus territorios, de su desarrollo y su derecho a definir los mecanismos y las formas para administrar los recursos naturales en sus comunidades y a que no sean intereses y planes ajenos los que les digan qué deben hacer y cómo deben hacerlo”, sentenció.
La autoridad explicó que una vez presentado este recurso esperarán la decisión del Tribunal Constitucional respecto a los argumentos planteados.
“El Tribunal ha mostrado en varias ocasiones su calidad y apego a los principios de la Constitución y del Estado Plurinacional y esperamos que en esta oportunidad responda a la historia y la decisión del pueblo en un tema de tanta importancia como es el respeto a la construcción de la plurinacionalidad y los derechos de los pueblos indígenas tan postergados y menospreciados durante centurias”, indicó.
TIPNIS
Finalmente la autoridad se refirió a las declaraciones de algunas autoridades respecto a la intención de avanzar en la construcción de la carretera por el centro del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis) y de eliminar la intangibilidad del Parque Nacional.
Al respecto el Defensor indicó que esas determinaciones, de materializarse, implicarían una regresión en los derechos de los pueblos indígenas y una violación a los derechos de la Madre Tierra “ambos reconocidos en la Constitución, las leyes y los principios que sustenta el Estado Plurinacional”.
Señaló además que tanto los decretos observados, la explotación de hidrocarburos en parques nacionales y la intención de afectar el TIPNIS, son partes de una política que no está tomando en cuenta que el desarrollo no solo tiene que ver con ingresos económicos en el presente, sino con los derechos de quienes habitan los territorios donde se explotarían los recursos naturales, pero sobre todo con las generaciones futuras.