Vicepresidente reitera posibilidad de continuidad de Evo Morales más allá del tercer periodo

La Paz, Fides
El vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera, volvió a plantear de manera velada la intención de un nuevo mandato de Evo Morales a partir de 2020. En un acto realizado en la unidad educativa Waldo Ballivian , de la zona de villa Armonía de la ciudad de La Paz, indicó que una de las condiciones para el retornó al mar es “qué nuestro presidente Evo nos siga conduciendo”.
En menos de 48 horas el Segundo Mandatario del Estado, planteó dos veces la posibilidad de un cuarto periodo de Evo Morales a partir de enero de 2020. La primera oportunidad fue en conferencia de prensa el martes 12 de mayo cuando indicó que “Hay que mantener la estabilidad política y eso significa dar continuidad de gestión a Evo Morales”.



En las últimas semanas los legisladores del Movimiento al Socialismo (MAS) comenzaron a plantear la posibilidad de un tercer periodo de Morales, y anunciaron que el congreso de la colectividad política, que aún no tiene fecha, se plantearán este punto como el principal, así sostuvieron los diputados Franklin Flores y Víctor Borda.



El artículo 168 de la Constitución señala que el periodo de mandato del Presidente y Vicepresidente es de cinco años, y pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua. Morales empezó su mandato en 2006, fue a un referéndum revocatorio el 2009 por un nuevo periodo de cinco años. En 2010, el Tribunal Constitucional lo habilitó para otro mandato.



Para la oposición la intención del MAS de abrir la Constitución para debatir la reelección presidencial indefinida no es reciente, sino un proyecto desde la Asamblea Constituyente.



"Usó la primera reelección el 2009, y después nos mintió para volver a postular por su angurria de poder. No disfrace con los movimientos sociales, él (Evo Morales) es el angurriento de poder", emplazó el ex presidente Jorge Quiroga en conferencia de prensa en semanas pasadas.



La Constitución prevé en el artículo 411 el procedimiento para una reforma total a través de una convocatoria a una Asamblea Constituyente. Y la reforma parcial, que puede ser por iniciativa popular, con la firma de al menos el 20% del electorado; o por la Asamblea Legislativa Plurinacional mediante ley de reforma constitucional aprobada por dos tercios del total de los miembros presentes de la Asamblea. Cualquier reforma parcial necesitará referéndum constitucional aprobatorio.

Entradas populares