Defensor pide al Comité Contra el Racismo y Discriminación procesar a Calvimontes
La Paz, Radio Fides
El Defensor del Pueblo Rolando Villena, expresó en un comunicado su indignación y protesta por las declaraciones del Ministro de Salud, Juan Carlos Calvimontes, respecto a la condición de salud del Magistrado del Tribunal Constitucional Gualberto Cusi, "que atentan contra sus derechos y garantías constitucionales y legales".
“Demandamos al Comité de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación y a la autoridad que corresponda en su condición de servidor público, que se inicien las acciones legales correspondientes, se pida las disculpas públicas que merece la autoridad judicial y se provean de inmediato las medidas necesarias para garantizarle el tratamiento adecuado a su condición”, señala textualmente el comunicado.
Refire que la acción premeditada del Ministro Calvimontes, al publicitar el estado de salud del Magistrado, el lunes en conferencia de prensa, vulnera la Constitución Política del Estado en su artículo 21, numeral 2 que señala que “todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho “a la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen y dignidad”
Asimismo que atenta contra la “Ley para la prevención del VIH-SIDA, protección de los derechos humanos y asistencia integral multidisciplinaria para la personas que viven con el VIH-SIDA” promulgada por el Presidente Evo Morales el 8 de agosto de 2007, cuyo artículo 2 en su inciso. d) Se refiere al principio de confidencialidad regulada por Códigos de Ética y protocolos médicos y epidemiológicos, que son de conocimiento de la máxima autoridad en salud.
El artículo 5, establece el derecho a la privacidad debiendo mantener en reserva en todo momento su estado serológico.
El artículo 9 señala que “Las personas que viven con VIH-SIDA, tienen derecho a la reserva de su identidad y situación…”, además añade que “el personal de salud que por razones de trabajo, toma conocimiento de la identidad de las personas que viven con VIH-SIDA no puede divulgar de ninguna manera, salvo lo dispuesto en los diferentes protocolos médicos y epidemiológicos” y que “las personas que viven con VIH-SIDA no deberán ser objeto de publicaciones de prensa escrita ni televisiva, sin su conocimiento expreso”.
Establece que además de estas normas, han sido vulnerados los tratados y convenios internacionales que protegen a las personas en situación de enfermedad y especialmente a las personas que viven con VIH.
Califica la accion de misnitro como "condenable" y que obedece a fines estrictamente políticos que buscan la descalificación del Magistrado, incurren también en actos de discriminación y afectación de los derechos de una autoridad elegida por el pueblo, que además es una persona perteneciente a las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos (NyPIOC).
“Recordamos al Ministro de Salud que el Estado no puede deslindar responsabilidad sobre la condición del Magistrado Cusi, pues más allá de las circunstancias en que esta autoridad haya contraído esta enfermedad, la Constitución Política del Estado establece que el Estado “garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna”, apunta el documento.
El Defensor del Pueblo Rolando Villena, expresó en un comunicado su indignación y protesta por las declaraciones del Ministro de Salud, Juan Carlos Calvimontes, respecto a la condición de salud del Magistrado del Tribunal Constitucional Gualberto Cusi, "que atentan contra sus derechos y garantías constitucionales y legales".
“Demandamos al Comité de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación y a la autoridad que corresponda en su condición de servidor público, que se inicien las acciones legales correspondientes, se pida las disculpas públicas que merece la autoridad judicial y se provean de inmediato las medidas necesarias para garantizarle el tratamiento adecuado a su condición”, señala textualmente el comunicado.
Refire que la acción premeditada del Ministro Calvimontes, al publicitar el estado de salud del Magistrado, el lunes en conferencia de prensa, vulnera la Constitución Política del Estado en su artículo 21, numeral 2 que señala que “todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho “a la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen y dignidad”
Asimismo que atenta contra la “Ley para la prevención del VIH-SIDA, protección de los derechos humanos y asistencia integral multidisciplinaria para la personas que viven con el VIH-SIDA” promulgada por el Presidente Evo Morales el 8 de agosto de 2007, cuyo artículo 2 en su inciso. d) Se refiere al principio de confidencialidad regulada por Códigos de Ética y protocolos médicos y epidemiológicos, que son de conocimiento de la máxima autoridad en salud.
El artículo 5, establece el derecho a la privacidad debiendo mantener en reserva en todo momento su estado serológico.
El artículo 9 señala que “Las personas que viven con VIH-SIDA, tienen derecho a la reserva de su identidad y situación…”, además añade que “el personal de salud que por razones de trabajo, toma conocimiento de la identidad de las personas que viven con VIH-SIDA no puede divulgar de ninguna manera, salvo lo dispuesto en los diferentes protocolos médicos y epidemiológicos” y que “las personas que viven con VIH-SIDA no deberán ser objeto de publicaciones de prensa escrita ni televisiva, sin su conocimiento expreso”.
Establece que además de estas normas, han sido vulnerados los tratados y convenios internacionales que protegen a las personas en situación de enfermedad y especialmente a las personas que viven con VIH.
Califica la accion de misnitro como "condenable" y que obedece a fines estrictamente políticos que buscan la descalificación del Magistrado, incurren también en actos de discriminación y afectación de los derechos de una autoridad elegida por el pueblo, que además es una persona perteneciente a las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos (NyPIOC).
“Recordamos al Ministro de Salud que el Estado no puede deslindar responsabilidad sobre la condición del Magistrado Cusi, pues más allá de las circunstancias en que esta autoridad haya contraído esta enfermedad, la Constitución Política del Estado establece que el Estado “garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna”, apunta el documento.