Los gremiales alistan movilizaciones contra proyecto de ley que sanciona falta de emisión de facturas

La Paz, Oxígeno
La Confederación Nacional de Gremiales de Bolivia alista una masiva movilización contra el proyecto de ley de Modificaciones e incorporaciones al Código Tributario, aprobado el miércoles en la Cámara de Diputados, el cual en criterio de los comerciantes los afecta con sus nuevas modalidades de clausura por falta de emisión de facturas.


La información la hizo conocer el ejecutivo de los gremiales, Francisco Figueroa, quien lamentó que la norma haya sido tratada sin el consenso con el sector.

“Estamos convocando a un ampliado nacional y una movilización para el 14 de julio contra ese proyecto de ley y otros temas pendientes que demandamos al Gobierno”, sostuvo.

Sin embargo, Figueroa indicó que durante los próximos días se reunirá con las federaciones departamentales para analizar la normativa y posiblemente se adelanten las medidas de presión.

Pidió se respete la emisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de enero sobre la anulación de los numerales 5 y 6 de la Ley 317 que facultaba al Servicio de Impuestos nacional (SIN) clausurar el negocio del contribuyente al ser encontrado infraganti sin emitir las facturas.

Según el dirigente, la norma aprobada en Diputados tiene excesos contra los contribuyentes porque viabiliza la clausura del negocio por falta de la emisión de facturas hasta en 150 días.

“En ese proyecto hay clausuras por cualquier falla que hubiera hasta 150 días de clausura, se les ha ido la mano no se qué les ha pasado (…)”, afirmó.

El ministro de Economía, Luis Arce Catacora, durante su intervención en la sesión de la Cámara de Diputados, afirmó que el Tribunal Constitucional “cometió un exceso al no permitir al SIN clausurar de manera inmediata a los infractores encontrados en fraganti y que no emiten facturas, obligación que es contraria a la ley, quitando el derecho de las personas a recibir facturas”.

Explicó que con las modificaciones aprobadas el SIN podrá reclamar ante la Autoridad de Impugnación Tributaria sanciones contra los infractores, quienes tendrán el derecho a defenderse. La Autoridad de Impugnación fallará a favor de cualquiera de las partes, y en caso de demostrarse el delito tributario, establecerás las sanciones correspondientes.

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