Tres ministros podrán autorizar que empresas públicas accedan a créditos, propone una ley

La Paz, Oxígeno
El Consejo Superior Estratégico de las Empresas Públicas se hará más poderoso. Dicha instancia, la mas importante para empresas como YPFB, BOA, Entel o Emapa, tendrá la atribución de autorizar para que las compañías estatales puedan emitir titulos valor u obtener créditos internos; al menos eso es lo que establece un proyecto ley presentado hace poco.


El proyecto de ley ha sido presentado a la Asamblea Legislativa Plurinacional con fines de que se complemente a la Ley de Empresas Públicas promulgada hace poco por el presidente Evo Morales. El documento plantea cinco modificaciones y añade una disposición a la ley que busca impulsar a las empresas estatales.

Una de esa modificaciones da nuevas atribuciones al Consejo Superior Estratégico de las Empresas Públicas (Coseep) conformado por los Ministros de la Presidencia, de Planificación del Desarrollo, y de Economía y Finanzas Públicas.

“La emisión de títulos valores crediticios y la obtención de créditos internos por las empresas públicas no requerirán autorización por norma expresa, siendo suficiente la autorización previa emitida por el COSEEP. Los recursos obtenidos mediante créditos deberán destinarse exclusivamente a financiar proyectos de inversión de las empresas públicas. Las empresas públicas deberán utilizar prioritariamente agencias de bolsa vinculadas a entidades bancarias públicas”, detalla la modificación al parágrafo IV del artículo 50 de la Ley No 466.

La modificación plantea una preferencia porque las empresas públicas realicen operaciones con la Bolsa de Valores, lo que pude suponer una transformación positiva en la gestión de las compañías.

Dentro del mismo artículo se incorpora el parágrafo V que menciona: “El financiamiento externo de las empresas públicas deberá observar lo previsto en el numeral 10 del Artículo 158, y el Artículo 322 de la Constitución Política del Estado”.

Asimismo, se modifica el inciso a) del parágrafo 1 del mismo artículo: “Crédito de la banca privada o pública, títulos valores crediticios y cualesquier otro tipo de fuente de financiamiento interno”.

La Ley de la empresa Pública fue promulgada por el presidente Evo Morales el 26 de diciembre de 2013. Y tres meses de esa promulgación también se pudo evidenciar _en el documento al que tuvo acceso Oxígeno.bo_ otra modificación al artículo 51.

El primer caso autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, gestionar financiamiento para las empresas públicas, excepto lo relacionado con la emisión de títulos valores crediticios en mercados de capital externos, cuya gestión será efectuada por medio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; en ambos casos previa autorización del Coseep.

Finalmente, el proyecto de Ley de Modificación a la Ley 466 incorpora el parágrafo IV a la disposición adicional octava: “Se exceptúa al Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM, de la aplicación de los Artículos 33 y 35 de la Ley No 2042, de 21 de diciembre de 1999”.

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