El Tribunal dice que la entrega de obras no será considerada campaña electoral

La Paz, Oxígeno
El Tribunal Supremo Electoral aclaró este viernes que la difusión de la entrega de obras no puede ser considerada una actividad electoral, por lo que no será sancionada con la multa de 60 salarios mínimos como fue establecida por la resolución aprobada el jueves en Sala Plena.


“Somos un ente jurisdiccional y en nuestra fundamentación aclararemos y si es gestión o es campaña. Dos cosas que hay que diferenciar una cosa es la función administrativa que están cumpliendo las instituciones públicas, que para eso han sido elegidos, alcaldes, gobernadores el Presidente, si han sido elegidos ha sido para cumplir funciones, ejecutar obras y entregarlas”, dijo Ovando.

La autoridad electoral explicó que si el TSE sanciona la entrega de obras como si fuera una actividad político-electoral produciría una parálisis en las funciones programadas por las autoridades de la administración pública.

“La entrega de obras es una parte de su función. No es una actividad política, la actividad política sobre todo es un conjunto de acciones que tienden a pedir expresamente el voto, porque si nosotros prohibiéramos la entrega de obras estaríamos paralizando la función administrativa”, precisó Ovando.

El vocal Wilfredo Ovando declaró que se debe verificar “objetivamente” que cualquier denuncia recibida por el TSE, se ajuste al concepto de campaña o propaganda política.

“Nosotros no podemos basarnos en dichos, somos como el juez, que se expresa cuando hay una demanda, cuando hay pruebas, si hay una denuncia nosotros tomaremos alguna decisión”, añadió.

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