Gobierno sube tributo de las casas de cambio por la venta de dólares, dice que incumplieron
La Paz, Oxígeno
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, informó este martes que el Gobierno “igualó” a 0,70% la alícuota del Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) para las casas de cambio porque, según la autoridad, incumplieron con el compromiso de asumir el costo de este tributo sin traspasarlo al cliente que compra, por ejemplo, dólares.
La nivelación de la alícuota se autorizó el 26 de agosto de 2013, mediante la Disposición Adicional Tercera de la Ley 396 —Presupuesto Reformulado—, que modifica el Parágrafo I de la Disposición Adicional Décima de la Ley 291, con lo cual se derogó el beneficio para las casas de cambio de pagar el IVME sobre el 50% (es decir 35%) del importe total de venta de moneda extranjera.
“Lo único que se ha hecho con la medida —explicó el Ministro— es igualar el impuesto a lo que hoy todas las entidades financieras van pagando por la venta de moneda extranjera, es decir del 0,35% al 0,70% han igualado”.
Dejó en claro que “no hay nada más en el fondo de la medida, que todos tengan la misma carga tributaria en el pago de este impuesto por venta de moneda extranjera; es la única razón” y “hacer a todos (paguen) por igual la carga tributaria”.
Sólo aportan el 2% de la recaudación del IVME
La Ley 291, de 22 de septiembre de 2012, creó el IVME, con carácter transitorio durante 36 meses; y estableció que la base imponible está constituida por el importe de la venta de moneda extranjera con una alícuota de 0,70% sobre la base imponible para las entidades financieras bancarias y no bancarias.
Pero hizo una excepción para las casas de cambio que deberían pagar la base imponible de 50% del importe de venta de moneda extranjera, es decir, 0,35%; con el compromiso de la Asociación de Casas de Cambio de asumir el costo de este nuevo tributo y de no afectar a las personas que compran moneda extranjera.
Sin embargo, de acuerdo con la explicación del Ministro, “esto no se ha verificado en la práctica”, razón por la cual en los últimos meses el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas tuvo más de cuatro reuniones con la Asociación de Casas de Cambio “para reflexionar (por) que no estaban cumpliendo el compromiso con el Gobierno Nacional de no afectar al cliente, no afectar a quien compra dólares”.
El IVME está vigente desde enero de 2013 y no desde la aprobación de la Ley 396 (Presupuesto Reformulado 2013), tal “como algunos equivocadamente lo han mencionado”.
Entre enero y agosto de 2013, la recaudación total por el cobro del IVME fue de Bs201,6 millones, mientras que el aporte de las casas de cambio a este monto fue de Bs3,98 millones en el mismo periodo.
El IVME lo pagan principalmente las entidades bancarias, seguidas por los Fondos Financieros Privados; en tanto que las casas de cambio sólo aportan el 2% del total pagado.
Ganancia bruta de Bs8
Por ejemplo, cuando la base imponible del IVME era del 0,35%, por la compra de USD100 las casas de cambio pagaban Bs692 y por la venta de USD100 cobraban 697, o sea que obtenían una brecha cambiaria de Bs5 (ganancia bruta); monto del cual pagaban 0,15 centavos por el Impuesto a las Transacciones (IT) y Bs2,44 por el IVME y su ganancia neta era de Bs2,41.
Pero antes de la aplicación del IVME la ganancia neta de las casas de cambio sólo llegaba a Bs1,94, porque compraban USD100 a Bs695 y lo vendían a Bs697, con lo cual obtenían una ganancia bruta de sólo Bs2.
Tras la aplicación del IVME con una base imponible del 0,70% la ganancia bruta de las casas de cambio por la venta de USD100 es de Bs8, monto del cual pagan por el IT 0,24 centavos y por el IVME Bs4,87; porque compran USD100 a Bs688 y lo venden a Bs696. Mientras que su ganancia neta es de Bs2,89, que es más de los Bs2,41 (con la base imponible del 0,35% del IVME) y que el Bs1,94 de ganancia neta que obtenían antes de la aplicación del IVME.
En este ejemplo se observa que las casas de cambio tienen capacidad para pagar el IVME y que con el cobro de este tributo, con una base imponible del 0,70%, mantienen un margen de ganancia incluso superior al que obtenían antes de la aplicación del IVME.
Esta información es el resultado de un trabajo de seguimiento del Viceministerio de Política Tributaria, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que hizo sondeos en las casas de cambio sobre el comportamiento de los diferenciales cambiarios de compra y venta del dólar estadounidense, y que comparó con datos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, informó este martes que el Gobierno “igualó” a 0,70% la alícuota del Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) para las casas de cambio porque, según la autoridad, incumplieron con el compromiso de asumir el costo de este tributo sin traspasarlo al cliente que compra, por ejemplo, dólares.
La nivelación de la alícuota se autorizó el 26 de agosto de 2013, mediante la Disposición Adicional Tercera de la Ley 396 —Presupuesto Reformulado—, que modifica el Parágrafo I de la Disposición Adicional Décima de la Ley 291, con lo cual se derogó el beneficio para las casas de cambio de pagar el IVME sobre el 50% (es decir 35%) del importe total de venta de moneda extranjera.
“Lo único que se ha hecho con la medida —explicó el Ministro— es igualar el impuesto a lo que hoy todas las entidades financieras van pagando por la venta de moneda extranjera, es decir del 0,35% al 0,70% han igualado”.
Dejó en claro que “no hay nada más en el fondo de la medida, que todos tengan la misma carga tributaria en el pago de este impuesto por venta de moneda extranjera; es la única razón” y “hacer a todos (paguen) por igual la carga tributaria”.
Sólo aportan el 2% de la recaudación del IVME
La Ley 291, de 22 de septiembre de 2012, creó el IVME, con carácter transitorio durante 36 meses; y estableció que la base imponible está constituida por el importe de la venta de moneda extranjera con una alícuota de 0,70% sobre la base imponible para las entidades financieras bancarias y no bancarias.
Pero hizo una excepción para las casas de cambio que deberían pagar la base imponible de 50% del importe de venta de moneda extranjera, es decir, 0,35%; con el compromiso de la Asociación de Casas de Cambio de asumir el costo de este nuevo tributo y de no afectar a las personas que compran moneda extranjera.
Sin embargo, de acuerdo con la explicación del Ministro, “esto no se ha verificado en la práctica”, razón por la cual en los últimos meses el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas tuvo más de cuatro reuniones con la Asociación de Casas de Cambio “para reflexionar (por) que no estaban cumpliendo el compromiso con el Gobierno Nacional de no afectar al cliente, no afectar a quien compra dólares”.
El IVME está vigente desde enero de 2013 y no desde la aprobación de la Ley 396 (Presupuesto Reformulado 2013), tal “como algunos equivocadamente lo han mencionado”.
Entre enero y agosto de 2013, la recaudación total por el cobro del IVME fue de Bs201,6 millones, mientras que el aporte de las casas de cambio a este monto fue de Bs3,98 millones en el mismo periodo.
El IVME lo pagan principalmente las entidades bancarias, seguidas por los Fondos Financieros Privados; en tanto que las casas de cambio sólo aportan el 2% del total pagado.
Ganancia bruta de Bs8
Por ejemplo, cuando la base imponible del IVME era del 0,35%, por la compra de USD100 las casas de cambio pagaban Bs692 y por la venta de USD100 cobraban 697, o sea que obtenían una brecha cambiaria de Bs5 (ganancia bruta); monto del cual pagaban 0,15 centavos por el Impuesto a las Transacciones (IT) y Bs2,44 por el IVME y su ganancia neta era de Bs2,41.
Pero antes de la aplicación del IVME la ganancia neta de las casas de cambio sólo llegaba a Bs1,94, porque compraban USD100 a Bs695 y lo vendían a Bs697, con lo cual obtenían una ganancia bruta de sólo Bs2.
Tras la aplicación del IVME con una base imponible del 0,70% la ganancia bruta de las casas de cambio por la venta de USD100 es de Bs8, monto del cual pagan por el IT 0,24 centavos y por el IVME Bs4,87; porque compran USD100 a Bs688 y lo venden a Bs696. Mientras que su ganancia neta es de Bs2,89, que es más de los Bs2,41 (con la base imponible del 0,35% del IVME) y que el Bs1,94 de ganancia neta que obtenían antes de la aplicación del IVME.
En este ejemplo se observa que las casas de cambio tienen capacidad para pagar el IVME y que con el cobro de este tributo, con una base imponible del 0,70%, mantienen un margen de ganancia incluso superior al que obtenían antes de la aplicación del IVME.
Esta información es el resultado de un trabajo de seguimiento del Viceministerio de Política Tributaria, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que hizo sondeos en las casas de cambio sobre el comportamiento de los diferenciales cambiarios de compra y venta del dólar estadounidense, y que comparó con datos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).