Senado aprueba en grande Ley de Abogacía, sancionará mal ejercicio de la profesión

La Paz, Radio Fides
La Cámara Alta de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó la Ley de Abogacía, la misma impone sanciones que van desde una llamada de atención hasta la suspensión por dos años por el mal ejercicio de la abogacía y multas pecuniarias, durante juicios a particulares y en el ejercicio de la función pública. En ese sentido, la ley incorpora un capítulo sobre infracciones leves, graves y gravísimas a la ética y sanciones, consistente en toda acción u omisión prevista.


La ley define como infracciones gravísimas con suspensión temporal de uno a dos años y multa de seis salarios mínimos nacional, cuando un abogado ejerce la profesión teniendo sanción de suspensión o inhabilitación especial, reincidencia de una falta grave dentro del año, y patrocinar o asesorar intereses opuestos dentro de la misma causa.

Asimismo dispone una rebaja y la aplicación de aranceles diferenciados para la contratación de abogados en departamentos según la realidad económica de la región.

Una disposición que generó la desconfianza y observaciones de los colegios de abogados es la libertad que otorga a los profesionales de inscribirse o no a dichas instancias. Para la oposición esta estipulación generará la desaparición de los Colegios de Abogados.

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