Los 10.000 "privilegiados" de la justicia española

Alejandro D. Zajac
Madrid, para BBC Mundo
En España no todo el mundo es igual ante la justicia. Hay 10.000 personas que tienen un trato particular, ya que sólo pueden ser enjuiciadas por tribunales de instancias superiores. Muchos expertos en derecho ven en esta situación
un "privilegio" sin sentido, pero reglamentado.

Esta semana el Congreso español comenzó a debatir una iniciativa que busca eliminar, o al menos acotar, este procedimiento reservado para diputados, jueces, fiscales y altos cargos, y que recibe el nombre de aforamiento. La propuesta ha puesto sobre el tapete un dato que a muchos causó sorpresa. ¿Cuántas personas gozan de este "privilegio" procesal? .
La cifra, de 10.000 en todo el país, se vuelve más voluminosa si se la compara con otros países occidentales, como pueden ser en Alemania, Estados Unidos, Italia o Francia, donde el número de aforados va de cero a una quincena simplemente.

¿Cómo se llega a los 10.000? La Constitución otorga esta a prerrogativa sólo al presidente y demás miembros del Gobierno, diputados y senadores nacionales. Sin embargo, a través de leyes orgánicas y estatutos de autonomía se ha ido extendiendo este tratamiento a magistrados del Tribunal Constitucional, fiscales, miembros del Tribunal de Cuentas, miembros del Consejo General del Poder Judicial, diputados regionales, fiscales superiores, defensor del Pueblo, y la lista sigue.
Así lo refleja un tratado del profesor Juan Luis Gómez Colomer, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Jaime I de Castellón. Su riguroso estudio fue utilizado por el grupo parlamentario de Unión Progreso y Democracia (UPyD) como base de la propuesta que se debatirá en el Congreso.

Mariano Rajoy

El presidente y demás miembros de Gobierno tienen aforamiento.


Particularidades

"Pero son 10.000 sin contar a policías nacionales, guardias civiles y policías autonómicos (regionales)", aclara Gómez Colomer en diálogo con BBC Mundo. "Si los incluimos, aunque tengan un aforamiento de menor rango, llegamos a 250.000 aforados", apunta.
¿Qué particularidad tiene el enjuiciamiento de los distintos aforados? Para el caso del presidente del Gobierno, diputados y senadores nacionales, la Constitución establece que sólo puede intervenir el Tribunal Supremo. Es decir, se altera la competencia oficial y territorial.
Y esta situación, para los parlamentarios nacionales, sólo se puede dar después de que se levante la inmunidad de que disponen. Esto implica un proceso llamado suplicatorio por el que la Cámara a la que pertenece el legislador da luz verde tras el pedido del juez.
El catedrático considera al aforamiento un "privilegio". "Si yo cometo el mismo delito que un diputado me juzga un tribunal cualquiera del lugar, no el máximo tribunal, el más importante, el formado teóricamente por los mejores jueces, por eso es un privilegio", explica.
Además, apunta otra diferencia, que si bien no está escrita, en su opinión sucede a menudo en la práctica. "Hay un trámite de admisión muy concienzudo y muy duro (para los aforados). Lo miran 20 veces antes de admitir una querella a trámite. Créame que si fuera yo el autor del delito en Castellón, ese trámite no sería así", sostiene.
"Esto es una clara violación del principio de igualdad, lo que pasa es que es muy difícil de suprimir en España porque quienes tienen que suprimirlo son los aforados más importantes, que son los parlamentarios nacionales", señala Gómez Colomer.

Otros la defienden

No todos los aforamientos son iguales, o ante el mismo tribunal. Para los miembros de los parlamentos regionales el órgano que debe intervenir es el Tribunal Superior de esa Comunidad Autónoma. Y para un policía sería la AudienciaProvincial.
Gómez Colomer sólo dejaría en vigor el aforamiento para el cargo de presidente del Gobierno. Y así darle cierta protección para el desempeño de su función, pero a nadie más.
Víctor Moreno Catena, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid, también preferiría que se acotara la prerrogativa del aforamiento, aunque no tanto como su colega. Cree que debería seguir vigente para parlamentarios nacionales pero sólo en lo referido a "delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos".

Oficial de policía
Incluso la policía tendría un aforamiento, aunque de menor rango.

En la situación actual el aforamiento rige para cualquier delito. Es decir, que si un diputado atropella a alguien en un pueblito del norte de España, la víctima o su familia sólo podrían querellarse contra el parlamentario ante el Tribunal Supremo de España. No podrían hacerlo ante el Juzgado de su comarca.

"No tiene ninguna justificación que sea el Tribunal Supremo el que enjuicie eso", explica Moreno Catena a BBC Mundo. Y resalta que en ese caso la víctima se encontraría en una desventaja procesal por el aforamiento del conductor del vehículo.
No todos los expertos ven mal esta particularidad procesal. Entre quienes la defienden se encuentra Ignacio Torres Muro, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutensede Madrid y miembro del Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional.
Deja en claro que no cree que se trate de un privilegio. "Un privilegio es un derecho injustificado", explica a BBC Mundo. Y en su opinión la prerrogativa está ampliamente justificada.
"Su razón de ser es la mayor confianza en la pericia y en la competencia de los órganos más elevados. Y tiene sentido porque evita presiones sobre jueces que tienen una menor experiencia, sobre todo en casos políticamente envenenados", señala.
Tampoco considera que se deba acotar a delitos relacionados con el ejercicio de la función pública. A su entender es muy difícil saber la naturaleza de un delito a priori. "¿Un asesinato es un asunto doméstico o es consecuencia de algún enjuague de corrupción?, ¿cómo se traza la línea divisoria?", se pregunta Torres Muro.

Números relativos

Tampoco le parece exagerado el número de aforados, por más que se lo compare con otros países. Lo atribuye a las particularidades históricas de España. "Cada uno es hijo de sus circunstancias y las circunstancias no son las mismas en cada país", resume.
Más allá de sus diferencias los expertos coinciden en que nadie abrirá "el melón" de la Constitución para tocar el aforamiento de los parlamentarios. Tampoco ven la posibilidad de que una ley acote esta prerrogativa para los demás cargos.
Es decir, le ven muy pocas posibilidades de prosperar a la iniciativa de UPyD, partido que cuenta con cinco diputados en una cámara de 350. Este grupo quiere revisar no sólo la prerrogativa del aforamiento, sino también la inmunidad y la inviolabilidad, que tanto en España como en la mayoría de los países sirven para proteger la función legislativa.
En el texto presentado por la diputada Rosa Díez se argumenta que en un Estado que debe asegurar la "justicia y la igualdad, no tienen cabida los privilegios".
La iniciativa ha sorprendido a Gómez Colomer, quien investigó el tema del aforamiento hace ya siete años. "Supongo que es porque hay grandes temas de corrupción política y el aforamiento podría parecer que impide una investigación más ágil, más rápida", considera el catedrático.
Lo que es seguro es que habrá debate sobre el aforamiento, en el Congreso y en los medios de comunicación. Y así, muchos conocerán de qué va el tema y cuántos son quienes gozan de esta particular situación ante la justicia española.

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