Se inicia tratamiento de la Ley de Armas en la Asamblea Legislativa

La Paz, Radio Fides
El proyecto de Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, será debatido en el pleno de la Cámara de Senadores, luego de haber sido aprobado en la Comisión de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana.


El instrumento legislativo “viene a ser no solamente de control y lucha contra el tráfico de armas, sino como coadyuvante a la seguridad ciudadana en la medida que hay cada vez más índices de criminalidad,” señaló el presidente de dicha Comisión, René Martínez Callahuanca, citado por un boletín institucional.

De acuerdo al informe de la Comisión, en 2011 se produjeron 125 delitos en los que se utilizó armas de fuego. De cada 10 pandilleros, 8 portan armas y cometen delitos como robo agravado, atracos, acogotamientos y violaciones.

El Proyecto de Ley tiene como objetivo normar, regular y controlar la fabricación, importación, exportación, internación temporal, comercialización, enajenación, donación, transporte, tránsito, depósito, almacenaje, tenencia, manipulación, empleo, porte o portación, destrucción, desactivación, rehabilitación, registro, control, fiscalización, secuestro, incautación, confiscación y otras actividades relacionadas con armas de fuego, municiones, explosivos y materias primas para su fabricación, en el marco de la Seguridad y Defensa del Estado y de la Seguridad Ciudadana.

El Gobierno nacional asumirá el control de políticas sobre armas a través de los Ministerios de Gobierno y de Defensa.

Martínez explicó que ambas instituciones subordinan el uso de armamento “institucional” en el caso de la Policía y de armamento “militar” en las Fuerzas Armadas.

“A partir de ese hecho, hay una premisa mayor, no hay una circulación libre de armas, sí hay excepción de personas que en la individualidad, cumpliendo requisitos estrictos, se les permitirá una licencia”, acotó.

Martínez aclaró: “armas que cometan delitos bajo la verificación y agotamiento de un proceso, entra no solamente en decomiso después de su incautación, sino hasta la destrucción de la misma”.

La norma establece en su disposición transitoria, la amnistía, regularización, desarme voluntario y activo. “El desarme tendrá dos momentos: uno voluntario y otro controlado, después de que se agote un plazo determinado (…), con un tiempo saludable, necesario, vital para que todos tengan o no tengan licencia, puedan registrar o tramitar cumpliendo requisitos o procedimientos exigidos”, complementó Martínez.

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