Oposición: Constitución inhabilita a Evo como candidato para elecciones del 2014
La Paz,ANF
Senadores de Convergencia Nacional (CN) sostienen que el presidente Evo Morales, de acuerdo a la Constitución Política del Estado (CPE), no está habilitado para ser candidato en las elecciones generales del 2014.
El senador Bernard Gutiérrez (CN) señaló que la disposición transitoria primera de la Constitución, en su parágrafo II, establece de manera textual que el presidente Morales no está habilitado para un “tercer” mandato, pues actualmente estaría ejerciendo su segundo mandato de Gobierno. La Constitución permite sólo una reelección de manera continua.
El parágrafo II de la disposición transitoria primera de la CPE señala: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones”. La Carta Magna fue promulgada a principios del 2009.
De acuerdo a la interpretación de Gutiérrez “el primer periodo de Morales se inició en enero de 2006 y concluyó en enero del 2010 y el segundo periodo de Evo Morales inició en enero de 2010 y finaliza en enero de 2015, así de clara es la previsión Constitucional que le prohíbe a Evo Morales y a Álvaro García Linera ir a una nueva reelección”.
En ese entendido, el senador mencionó que la Cámara de Senadores busca “vulnerar el régimen democrático” al haber enviado al Tribunal Constitucional un proyecto de ley para establecer la constitucionalidad o no de la reelección de Morales y García.
Senadores de Convergencia Nacional (CN) sostienen que el presidente Evo Morales, de acuerdo a la Constitución Política del Estado (CPE), no está habilitado para ser candidato en las elecciones generales del 2014.
El senador Bernard Gutiérrez (CN) señaló que la disposición transitoria primera de la Constitución, en su parágrafo II, establece de manera textual que el presidente Morales no está habilitado para un “tercer” mandato, pues actualmente estaría ejerciendo su segundo mandato de Gobierno. La Constitución permite sólo una reelección de manera continua.
El parágrafo II de la disposición transitoria primera de la CPE señala: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones”. La Carta Magna fue promulgada a principios del 2009.
De acuerdo a la interpretación de Gutiérrez “el primer periodo de Morales se inició en enero de 2006 y concluyó en enero del 2010 y el segundo periodo de Evo Morales inició en enero de 2010 y finaliza en enero de 2015, así de clara es la previsión Constitucional que le prohíbe a Evo Morales y a Álvaro García Linera ir a una nueva reelección”.
En ese entendido, el senador mencionó que la Cámara de Senadores busca “vulnerar el régimen democrático” al haber enviado al Tribunal Constitucional un proyecto de ley para establecer la constitucionalidad o no de la reelección de Morales y García.