“CPE respalda procesos contra quienes aplicaron norma inconstitucional”

La Paz, Radio Fides
La Constitución Política del Estado (CPE) respalda los procesos que se inicien contra las autoridades que aplicaron los artículos 144, 145, 146, 147 de la ley marco de Autonomías, toda vez que se vulneraron los preceptos constitucionales, atentando contra el derecho de los ciudadanos a elegir a sus autoridades aseguró en contacto directo con el programa Acoso Textual de Radio FIDES la ex magistrada y actual presidenta del Colegio de Abogados de Sucre, Silvia Salame.

El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los artículos 144,145, 146 y 147 de la Ley Marco de Autonomías referidos a la suspensión de autoridades electas a simple acusación formal de la Fiscalía, por vulnerar lo establecido en lo señalado en los artículos 26, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado, según señala la resolución que será comunicada de manera oficial en las siguientes horas.


“Esas personas que han aplicado esa norma, violando el precepto constitucional necesariamente tienen que ser sometidas a un proceso, no solamente con un afán de venganza, por el daño causado a personas electas sino principalmente para evitar que esto vuelva a suceder y por otro lado también porque se ha violado derecho de los ciudadanos a elegir a sus autoridades, porque en muchas ciudades se les han impuestos personas”, sostuvo la jurista.


Al interponer la ley de autonomías ante lo emanado por la CPE se hace “indudable” el inicio de procesos penales contra aquellos que vulneraron lo establecido en los artículos 26, 116 y 117 de la Carta Magna.


Podrán iniciar los procesos todas aquellas autoridades que por poseer denuncia formal en su contra fueron obligados a abandonar el cargo público que desempeñaban, por elección del pueblo, tales como Ernesto Suárez, Mario Cossio, Jaime Barrón, René Joaquino, entre otros, toda vez que esta norma provocó la destitución de alrededor de un centenar de autoridades. Sin embargo, aquellos que no hayan renunciado al cargo pueden solicitar retornar a sus puestos.


Si la constitución expresamente señala que el mandato termina con mal muerte, la renuncia o con una sentencia ejecutoriada quiere decir para los ciudadano que ya no hay tramites pendientes en un proceso es decir que se haya determinado la culpabilidad de alguien ocn referencia la os delitos que se le estaban imputando


Los procesos podrán alcanzar todo estrato gubernamental, así lo aseguró Salame, “todas las personas procesadas con esta norma ya no pueden restituirse salvo que esté en trámite su situación, pero sí pueden hacer un proceso a las asambleas legislativas departamentales, al Consejo Municipal, al Fiscal, en fin a todas las autoridades que hayan intervenido en esa suspensión ilegal y arbitraria”.




En ese marco, señaló que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) también posee responsabilidad en este caso, toda vez que dicha instancia deliberativa promulgó y puso en ejecución la Ley Marco de Autonomías, pese al control que “se supone” realiza previa la promulgación de cualquier norma.

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