Egipto vota una Constitución con regusto islamista

Partidarios y detractores de la ley fundamental, que será sometida a referéndum este sábado, se manifiestan en las calles de El Cairo

Ricard González
El Cairo, El País
Sin apenas tiempo para haberlo debatido entre manifestaciones y refriegas, Egipto celebra este sábado la primera de sus dos jornadas de referéndum sobre el borrador constitucional apadrinado por las fuerzas islamistas. Los ciudadanos de un total de diez provincias, que incluyen las dos mayores ciudades, El Cairo y Alejandría, están convocados mañana a las urnas en un ambiente de excepcionalidad. De hecho, hoy ha habido nuevas manifestaciones, y enfrentamientos violentos entre partidarios y detractores de la Carta Magna en Alejandría. El próximo sábado votaran las provincias restantes, muchas de ellas situadas en el Delta del Nilo.


Aunque posee un indudable barniz islamista, el texto es fruto de numerosos compromisos entre sensibilidades diversas, por lo que es bastante ambiguo y permite diferentes lecturas. El equilibrio de fuerzas en el próximo Parlamento será fundamental para trazar su desarrollo en un sentido u otro. Y es que, si bien el texto final fue aprobado sólo con los votos de los partidos islamistas --laicos y representantes de las iglesias cristianas se retiraron de la Asamblea Constituyente en sus últimas sesiones--, el borrador recoge algunas de las aportaciones de los opositores.

De los 236 artículos, el que ha hecho correr más ríos de tinta es el número 2, que establece la identidad del país y el papel de la sharia o ley islámica. Finalmente, su redactado es el mismo que en la Constitución del año 1971: “El Islam es la religión del Estado, el árabe es su lengua oficial, y los principios de la sharia son la principal fuente de legislación”.

En la práctica, hasta ahora esta provisión no ha impuesto ningún corsé religioso al poder legislativo. Sin embargo, ello podría cambiar a partir de ahora, ya que un nuevo artículo, el 219, define “los principios de la sharia” de una forma más amplia de lo interpretado hasta ahora. En todo caso, el borrador continúa otorgando al Tribunal Constitucional, y no a un consejo de religiosos como en Irán, la interpretación de la Carta Magna.

Otro de los asuntos más debatidos fue el de los derechos de la mujer, que en el primer borrador oficial estaba regulado en un artículo específico. En su redactado, se reconocía la completa igualdad de género, pero siempre “de acuerdo con los principios de la sharia”. La coletilla, impuesta por los ultraconservadores salafistas era inaceptable para los laicos. Al final, se llegó a una solución de compromiso eliminando el artículo. Por lo que la igualdad de género queda establecida de forma general en el artículo 33, que afirma que “todos los ciudadanos son iguales ante la ley”, sin lugar a ningún tipo de “discriminación”.

La cuestión de los derechos individuales, sobre todo el expresión y de culto, ha suscitado también discrepancias. Según las organizaciones de derechos humanos, sus garantías no son suficientemente robustas, ya que, por ejemplo, se condena el insulto a las “personas” y los “profetas”, y se asigna al Estado el deber de “proteger los valores morales”. El texto constitucional sí ofrece mejoras en la protección ante detenciones arbitrarias y la tortura.

En cuanto al sistema de Gobierno, apuesta por un modelo semipresidencialista, parecido al francés. El presidente conserva competencias en política exterior, seguridad, y en el nombramiento de altas instancias del Estado. No obstante, su elección de primer ministro debe estar respaldada por una mayoría del Parlamento, y sólo puede disolver las cámaras a través de referéndum. El borrador preserva los intereses vitales de las Fuerzas Armadas, pues gozarán de amplia autonomía. El ministro de Defensa no puede ser un civil, y el presupuesto del Estado se decide en un órgano, el Consejo Nacional de Seguridad, donde los militares gozan de mayoría.

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