Tribunal de La Paz deniega sin convocar a audiencia acción popular a favor del TIPNIS
Trinidad, Erbol
El Tribunal Departamental de Justicia de La Paz denegó sin convocar a audiencia la acción popular que presentó un grupo de ciudadanos paceños en defensa del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécura (TIPNIS) y en contra del gobierno por llevar adelante la consulta para la construcción del tramo II de la carretea Villa Tunari-San Ignacio de Moxos en medio de la zona ecológica, sin previo conceso, informó el abogado de la parte recurrente, Carlos Derpic.
Derpic explicó que el Tribunal justificó para dar este falló que no se presentó una relación de hechos, que no se señaló qué derechos se vulneraron y que no se solicitara medidas cautelares, pese a que se hizo mención a cada uno de ellos en el sustento que se presentó en la acción popular.
“Dijeron no han cumplido: uno, dos, tres; por lo tanto se rechaza de entrada y cuando usted ve la acción popular uno, dos, tres están ahí”, señaló el profesional a la Agencia de Noticias Indígenas de Erbol.
Tras el resultado, se optó por impugnar el mismo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), donde fue devuelta la acción popular. Derpic no descartó llevar el caso a organismos internacionales una vez que se agoten las acciones a nivel nacional.
“Cuando se agotan las acciones nacionales y no se protegen los derechos, como Bolivia se puede acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o a la Corte Interamericana de Derechos Humanos siguiendo los procedimientos y presentar ahí el caso TIPNIS, porque la defensa del medio ambiente es un derecho colectivo”, puntualizó.
El Tribunal Departamental de Justicia de La Paz denegó sin convocar a audiencia la acción popular que presentó un grupo de ciudadanos paceños en defensa del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécura (TIPNIS) y en contra del gobierno por llevar adelante la consulta para la construcción del tramo II de la carretea Villa Tunari-San Ignacio de Moxos en medio de la zona ecológica, sin previo conceso, informó el abogado de la parte recurrente, Carlos Derpic.
Derpic explicó que el Tribunal justificó para dar este falló que no se presentó una relación de hechos, que no se señaló qué derechos se vulneraron y que no se solicitara medidas cautelares, pese a que se hizo mención a cada uno de ellos en el sustento que se presentó en la acción popular.
“Dijeron no han cumplido: uno, dos, tres; por lo tanto se rechaza de entrada y cuando usted ve la acción popular uno, dos, tres están ahí”, señaló el profesional a la Agencia de Noticias Indígenas de Erbol.
Tras el resultado, se optó por impugnar el mismo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), donde fue devuelta la acción popular. Derpic no descartó llevar el caso a organismos internacionales una vez que se agoten las acciones a nivel nacional.
“Cuando se agotan las acciones nacionales y no se protegen los derechos, como Bolivia se puede acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o a la Corte Interamericana de Derechos Humanos siguiendo los procedimientos y presentar ahí el caso TIPNIS, porque la defensa del medio ambiente es un derecho colectivo”, puntualizó.