Tribunal Constitucional tiene 30 días para pronunciarse sobre ley de Extinción

La Paz, ANF
El Tribunal Constitucional tiene 30 días hábiles para pronunciarse sobre la solicitud de consulta de constitucionalidad del proyecto de ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado, informó este lunes el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Héctor Arce (MAS).


El presidente Evo Morales determinó que este proyecto de ley sea remitido al Tribunal Constitucional a efectos de que pueda determinar si va en contra o no de la Constitución, en un procedimiento denominado “consulta previa” que, de acuerdo al Código Procesal Constitucional, suspende su tratamiento en la Asamblea Legislativa.

“El Tribunal tiene el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse sobre la constitucionalidad o por supuesto las observaciones que tenga sobre la misma en relación al proyecto de ley. 30 días hábiles aproximadamente son 40 días calendario dentro de los cuales el Tribunal Constitucional se ha de pronunciar y bueno vamos a conocer su criterio. Una vez que se conozca su criterio recién se reanudará el trámite del procedimiento legislativo al interior de la Asamblea Legislativa”, informó Arce.

Dijo además que el proyecto de ley que se remitirá al Tribunal Constitucional será el original que fue entregado por el Ministerio de Gobierno a la Asamblea Legislativa, a ese se sumarán todos aquellos aportes y criterios que enriquecieron el proyecto en su socialización y tratamiento legislativo.

No obstante, la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado (MAS), dijo que el proyecto de ley que se enviará al Tribunal Constitucional será el que se aprobó en grande en la Cámara Baja y que tuvo algunas modificaciones en la Comisión de Constitución.

“De hecho el que tenemos que remitir es el que se ha aprobado en grande, sin embargo no se puede desconocer todo el trabajo que hemos realizado casi dos semanas escuchando a los gremialistas, a los transportistas, inclusive a la banca privada, entonces esto se va a tener que complementar porque al final ya es un proyecto de ley mejorado, entonces se va a tener que complementar”, sostuvo Delgado, a tiempo de indicar que el proyecto posiblemente pueda volver a tratamiento en la Asamblea Legislativa el próximo año.

Asimismo, dijo que las reuniones con transportistas y gremialistas continuarán este martes, pues si bien el tratamiento del proyecto se suspende, se continuarán “recibiendo observaciones o aportes a la ley”.

La presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño (MAS), por su lado dio a conocer que este lunes se reunió con la Confederación de Trabajadores por Cuenta propia de Bolivia a efectos de recabar sus observaciones a este proyecto de ley, las cuales fueron subsanadas.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EMITIRÁ UNA DECLARACIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD: Por su parte, el presidente del Tribunal Constitucional, Ruddy Flores, precisó desde la ciudad de Sucre que esta entidad, una vez que reciba la solicitud previa de control constitucional de este proyecto de ley, lo que emitirá no será una sentencia, sino una declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley.

UNIDAD NACIONAL CUESTIONA FALTA DE COORDINACIÓN ENTRE EJECUTIVO Y LEGISLATIVO: En tanto, el diputado Jaime Navarro (UN) cuestionó al ministro de Gobierno, Carlos Romero, por no haber coordinado “lo suficiente” este proyecto de ley con la Asamblea Legislativa, razón por la que se dio esta polémica sobre la constitucionalidad o no del proyecto de ley. “Yo califico esta ley como la ley capricho del ministro Romero”, expresó.

El proyecto de ley está destinado a combatir tres delitos: el narcotráfico, el contrabando y la legitimación de ganancias ilícitas. Para ello establece que las personas con un proceso penal por estos delitos deberán demostrar la licitud de sus bienes en 10 días cuando el delito sea flagrante y en 15 días cuando el delito no sea flagrante.

El proyecto establece que el proceso de extinción de bienes estará a cargo de la Procuraduría General del Estado, enmarcado en un proceso de acción administrativa independiente de la acción penal.

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