Oposición: Ningún artículo de la Constitución niega salvoconductos a legisladores

La Paz, ANF
Los diputados de Convergencia Nacional (CN) y el Movimiento Sin Miedo (MSM), calificaron este viernes de abruptas las declaraciones de la Ministra de Comunicación, Amanda Dávila, sobre la negativa de salvoconducto a favor del Senador Roger Pinto, más aún cuando esta determinación gubernamental no refleja lo establecido en el artículo 28 de la Constitución Política del Estado (CPE), que defiende los derechos políticos del legislador opositor, refugiado desde hace 54 días en la Embajada del Brasil con sede en La Paz.

El diputado Fabián Yaksic (MSM), dijo que en ningún artículo de la CPE, está establecido la negativa de un salvoconducto a un legislador, o, autoridad política que tenga proceso penales, pero no sentencia ejecutoriada, por lo cual considera que existe desesperación en el Ejecutivo ante el impasse diplomático que se viene con Brasil a causa de su “terquedad” de negarle el traslado a Pinto al Brasil, donde tiene asilo político.

“Está claro que quien tenga algún tipo de sentencia ejecutoriada, recién puede estar establecida la posibilidad que se le restrinja sus derechos ciudadanos sean estos políticos, de libertad, de los tantos que se tiene en la Constitución, hasta donde tengo entendido el Senador Pinto no tiene sentencia ejecutoriada, imaginó que la ministra de Comunicación que no es jurista no debe tener mucha idea de este asunto”, señaló Yaksic a la ANF.

En ese marco, considera que el artículo 28 de la Constitución garantiza los derechos políticos de senador Pinto, por lo que éste no puede perder su curul ni ser expulsado de la Asamblea legislativa, porque desde el 28 de mayo goza de refugio político en la Embajada de Brasil en La Paz, cuyo gobierno le otorgó el 8 junio pasado el estatus de asilo político, ante la persecución política instaurada por la administración del presidente Evo Morales.

Por su parte, la diputada Norma Piérola (CN), tras coincidir con Yaksic, dijo que la ministra cometió una “equivocación garrafal” al negarse a cumplir compromisos internacionales en vigencia, lo cual derivaría en una confrontación bilateral con Brasil, pues Bolivia es parte de la Ley Internacional del Refugiado y los convenios del ACNUR.

“Esta señora (Amanda Dávila), primero debería a conocer la Constitución, ningún artículo dice absolutamente nada, (…), no existe un delito grave que hubiese cometido el Senador Pinto y por eso el Gobierno de Brasil le otorgó el asilo respectivo, hay una obligación de entregar el salvoconducto”, manifestó Piérola.

Los diputados Norma Piérola y Fabián Yaksic coincidieron en afirmar que el Gobierno se contradice al no querer otorgar el salvoconducto al legislador opositor bajo el argumento que tiene proceso penales, pues en 1992 se otorgó el Gobierno de ese entonces le dio asilo político al peruano Walter Chávez, acusado de terrorismo en su país, quien además fue asesor del Ministerio de la Presidencia en la gestión del presidente Evo Morales.

La ministra de Comunicación Amanda Dávila, manifestó el jueves que el Gobierno boliviano no otorgará el salvocondcuto al Senador Pinto, pues la CPE no lo permite, al tener proceso penales,“La Constitución claramente dice que el Estado boliviano no puede otorgar un salvoconducto y no puede aceptar un asilo político para una persona que tiene procesos en la Justicia Ordinaria por causas que tienen que ver con problemas comunes o delitos comunes”, sentenció la autoridad de Estado.

No obstante, el vicecanciller Juan Carlos Alurralde negó que la Cancillería haya negado el salvoconducto, explicó que aún aguardan la respuesta del Gobierno brasileño a una carta enviada por el Ministro de Relaciones Exteriores David Choquehuanca, en la que pide a ese país reconsiderar el asilo a Pinto, debido a que éste afronta diversos procesos judiciales.

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