Gobierno aprueba decreto para que dueños de medios garanticen transporte nocturno a trabajadores
La Paz, Abi
El Gobierno boliviano aprobó el miércoles un Decreto Supremo para que los propietarios de los medios de comunicación garanticen el transporte nocturno para los trabajadores de la prensa desde las 22h00 hasta las 07h00, de puerta a puerta, informaron fuentes oficiales.
En conferencia de prensa, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, explicó que, en una reunión con los representantes de la Federación de Trabajadores de la Prensa de La Paz y El Alto y la Ministra de Comunicación, se suscribió un acta de tres puntos para garantizar el trabajo periodístico, después del asesinato de los comunicadores Verónica Peñasco Layme y su hermano Víctor Hugo.
"Se aprueba en consulta con la comisión un Decreto Supremo que dispone que los propietarios, administradores, responsables de los medios de comunicación garanticen el transporte nocturno para sus trabajadores desde las 22h00 hasta las 7h00, en los viajes de ida y vuelta y de puerta a puerta", precisó.
Informó que el Decreto establece una sanción, en caso de incumplimiento, del equivalente a un salario mínimo nacional a favor del trabajador.
El Gobierno boliviano aprobó el miércoles un Decreto Supremo para que los propietarios de los medios de comunicación garanticen el transporte nocturno para los trabajadores de la prensa desde las 22h00 hasta las 07h00, de puerta a puerta, informaron fuentes oficiales.
En conferencia de prensa, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, explicó que, en una reunión con los representantes de la Federación de Trabajadores de la Prensa de La Paz y El Alto y la Ministra de Comunicación, se suscribió un acta de tres puntos para garantizar el trabajo periodístico, después del asesinato de los comunicadores Verónica Peñasco Layme y su hermano Víctor Hugo.
"Se aprueba en consulta con la comisión un Decreto Supremo que dispone que los propietarios, administradores, responsables de los medios de comunicación garanticen el transporte nocturno para sus trabajadores desde las 22h00 hasta las 7h00, en los viajes de ida y vuelta y de puerta a puerta", precisó.
Informó que el Decreto establece una sanción, en caso de incumplimiento, del equivalente a un salario mínimo nacional a favor del trabajador.