Ministerio de Economía ratifica vigencia de secreto bancario
La Paz, Abi
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ratificó el jueves que está vigente el secreto bancario en Bolivia y dijo que sólo puede ser levantado por un juez, al aclarar que el Gobierno, con el Decreto Supremo 910, sólo fijó las sanciones administrativas para las entidades financieras que no reporten el "blanqueo" de dinero.
El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, dijo que además esa confidencialidad del secreto bancario está establecida en la Constitución Política del Estado.
"Esta medida no está destinada a quien hoy usa los servicios financieros y lo hace de manera legal, sino va en contra de las personas que hacen ilícitos y a través de las entidades financieras quieren blanquear el dinero", sustentó.
Guillén aclaró también que el régimen de sanciones contra el encubrimiento de ganancias ilícitas debió entrar en vigencia en 1997, después de la reforma del Código Penal, que encomendó al Poder Ejecutivo la elaboración de un reglamento, que no fue acatado por los anteriores gobiernos, "hasta que el presidente Evo Morales aprobó el pasado miércoles su promulgación".
"Nosotros no queremos tener gente corrupta ni narcotraficante que esté lavando su dinero en nuestro país", afirmó.
El Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros agregó que en la actualidad, para las entidades financieras es importante la confianza de la población y, por ello, justificó esa medida que se implementa en coordinación con el sistema financiero.
De acuerdo con el D.S. 910, las sanciones graduales para los bancos y entidades financieras que no reporten información adecuada y oportuna sobre "blanqueo" de dinero, van desde las llamadas de atención, suspensión o inhabilitación de funcionarios bancarios, hasta la intervención y suspensión definitiva de esas entidades.
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ratificó el jueves que está vigente el secreto bancario en Bolivia y dijo que sólo puede ser levantado por un juez, al aclarar que el Gobierno, con el Decreto Supremo 910, sólo fijó las sanciones administrativas para las entidades financieras que no reporten el "blanqueo" de dinero.
El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, dijo que además esa confidencialidad del secreto bancario está establecida en la Constitución Política del Estado.
"Esta medida no está destinada a quien hoy usa los servicios financieros y lo hace de manera legal, sino va en contra de las personas que hacen ilícitos y a través de las entidades financieras quieren blanquear el dinero", sustentó.
Guillén aclaró también que el régimen de sanciones contra el encubrimiento de ganancias ilícitas debió entrar en vigencia en 1997, después de la reforma del Código Penal, que encomendó al Poder Ejecutivo la elaboración de un reglamento, que no fue acatado por los anteriores gobiernos, "hasta que el presidente Evo Morales aprobó el pasado miércoles su promulgación".
"Nosotros no queremos tener gente corrupta ni narcotraficante que esté lavando su dinero en nuestro país", afirmó.
El Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros agregó que en la actualidad, para las entidades financieras es importante la confianza de la población y, por ello, justificó esa medida que se implementa en coordinación con el sistema financiero.
De acuerdo con el D.S. 910, las sanciones graduales para los bancos y entidades financieras que no reporten información adecuada y oportuna sobre "blanqueo" de dinero, van desde las llamadas de atención, suspensión o inhabilitación de funcionarios bancarios, hasta la intervención y suspensión definitiva de esas entidades.