Senado inicia análisis de PL de Lotería y Juegos de Azar
La Paz, Abi
La Cámara de Senadores tomará a su cargo el análisis y sanción de la Ley de Juegos de Lotería y Azar que fue aprobada en grande y en detalle por los diputados, informó el jueves el senador del Movimiento al Socialismo (MAS), David Sánchez.
Sánchez, quien es presidente de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Senadores, manifestó que la Ley normará los juegos de lotería y azar, además, de instituir la autoridad de fiscalización del juego y de creación de tributos de carácter nacional por esa actividad.
"El título primero del Proyecto de Ley delimita el ámbito de aplicación de la norma, excluyendo de su regulación a los juegos de pasatiempo o recreo emergentes de usos sociales de carácter tradicional o familiar, y a los sorteos, rifas u otros juegos realizados en ferias o actividades públicas eventuales no lucrativas", explicó.
Señaló que en el título segundo, en sujeción a los artículos 297 y 299 de la Constitución Política del Estado establece la legislación básica de los juegos de lotería y de azar.
Dijo que establece una reserva para las entidades públicas del nivel central del Estado, departamental y municipal sobre el desarrollo de los juegos de lotería y fija el destino de los recursos generados para fines de beneficencia y salubridad.
También establece la división de responsabilidades entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales, para eso se confiere al nivel central la facultad de otorgar autorizaciones y licencias, fiscalizar y sancionar las actividades de lotería y de azar a través de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego.
Sánchez indicó que el título tercero incluye la creación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego como una entidad bajo la tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para que se encargue de regular, fiscalizar y otorgar licencias y autorizaciones para estas actividades.
Finalmente, el Título cuarto del Proyecto de Ley establece nuevos impuestos a los cuales estarán sujetos los operadores de juegos de loterías, azar y sorteos, así como los que realizan promociones empresariales, independientemente de las obligaciones impositivas en vigencia establecidas en la Ley N° 843.
"Es un impuesto directo que alcanza al operador con una alícuota general del 30 por ciento, y del 10 por ciento en caso de promociones empresariales. La recaudación es de total disposición del Tesoro General de la Nación (TGN)", señala.
En el proyecto se establece que el impuesto tiene un esquema propio de distribución, el 70 por ciento se destina al TGN, 15 por ciento al Gobierno Departamental y el restante 15 por ciento al Gobierno Municipal.
Sánchez, quien es presidente de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Senadores, manifestó que la Ley normará los juegos de lotería y azar, además, de instituir la autoridad de fiscalización del juego y de creación de tributos de carácter nacional por esa actividad.
"El título primero del Proyecto de Ley delimita el ámbito de aplicación de la norma, excluyendo de su regulación a los juegos de pasatiempo o recreo emergentes de usos sociales de carácter tradicional o familiar, y a los sorteos, rifas u otros juegos realizados en ferias o actividades públicas eventuales no lucrativas", explicó.
Señaló que en el título segundo, en sujeción a los artículos 297 y 299 de la Constitución Política del Estado establece la legislación básica de los juegos de lotería y de azar.
Dijo que establece una reserva para las entidades públicas del nivel central del Estado, departamental y municipal sobre el desarrollo de los juegos de lotería y fija el destino de los recursos generados para fines de beneficencia y salubridad.
También establece la división de responsabilidades entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales, para eso se confiere al nivel central la facultad de otorgar autorizaciones y licencias, fiscalizar y sancionar las actividades de lotería y de azar a través de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego.
Sánchez indicó que el título tercero incluye la creación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego como una entidad bajo la tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para que se encargue de regular, fiscalizar y otorgar licencias y autorizaciones para estas actividades.
Finalmente, el Título cuarto del Proyecto de Ley establece nuevos impuestos a los cuales estarán sujetos los operadores de juegos de loterías, azar y sorteos, así como los que realizan promociones empresariales, independientemente de las obligaciones impositivas en vigencia establecidas en la Ley N° 843.
"Es un impuesto directo que alcanza al operador con una alícuota general del 30 por ciento, y del 10 por ciento en caso de promociones empresariales. La recaudación es de total disposición del Tesoro General de la Nación (TGN)", señala.
En el proyecto se establece que el impuesto tiene un esquema propio de distribución, el 70 por ciento se destina al TGN, 15 por ciento al Gobierno Departamental y el restante 15 por ciento al Gobierno Municipal.